/ martes 26 de febrero de 2019

Bienestar y Salud | La incapacidad

La expedición de la incapacidad es una certificación médica que toma en cuenta, además de factores puramente clínicos, la valoración de las condiciones del trabajador y las características y condiciones de su puesto de trabajo. Sin embargo, la prescripción de la incapacidad es una actividad ampliamente discutida y entendida dentro de la práctica clínica diaria de los médicos en la seguridad social, a pesar de tener importantes consecuencias en la dinámica de la consulta del médico, para el trabajador, las empresas y la institución.

Dado que los médicos que expiden la incapacidad no siempre están conscientes de la responsabilidad que supone manejar los recursos, siempre limitados (lo sabemos), la mayoría de las instituciones de seguridad social han establecido programas para controlar esta prestación. El objetivo es asegurar que la prescripción sea adecuada, tanto en su indicación como en su duración; se busca garantizar un manejo responsable de este recurso de protección social. Desde el punto de vista legal, durante la incapacidad temporal se encuentra plenamente justificado el ausentismo del trabajador a la empresa.

Legalmente se considera incapacidad temporal para el trabajo a la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo; es decir, no son solo un “justificante”. Si la asistencia médica se presta por médicos privados, no se les reconoce competencia para expedir los certificados de incapacidad, puesto que no es de su incumbencia.

El manejo correcto de la incapacidad temporal para el trabajo requiere un adecuado diagnóstico de los problemas de salud, conocimiento de la legislación y buena comunicación médico-paciente. El uso de guías de duración de la incapacidad evita que el médico decida solo en función de su experiencia e intuición, y disminuye la incertidumbre en el momento de otorgar una incapacidad o no continuarla.

El uso de las guías favorece un mejor posicionamiento ante el trabajador que demanda una incapacidad, y ante la institución que con alguna frecuencia lo hacen el responsable último y único de la incapacidad temporal.

Desde 2005, el IMSS adoptó el Medical Disability Advisor, guía creada a partir del consenso de expertos y datos de países de los cinco continentes. Esta guía incluye la clasificación de los diagnósticos de acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades y una forma simple de clasificar la carga física de las ocupaciones.

Es importante la identificación temprana de los pacientes que tendrán problemas para su retorno al trabajo, para lo cual se recomienda enviar a medicina del trabajo para evaluar un plan de reintegración oportuno. Los médicos tratantes, con la información necesaria y con algunos medios que faciliten su tarea, pueden optimar esta prestación sin crear situaciones injustas. Por lo que esta prestación ha sido básica en el sistema laboral de nuestro país.

Dr. César Álvarez Pacheco

cesar_ap@hotmail.com

@cesar_alvarezp

Huatabampo, Sonora.

La expedición de la incapacidad es una certificación médica que toma en cuenta, además de factores puramente clínicos, la valoración de las condiciones del trabajador y las características y condiciones de su puesto de trabajo. Sin embargo, la prescripción de la incapacidad es una actividad ampliamente discutida y entendida dentro de la práctica clínica diaria de los médicos en la seguridad social, a pesar de tener importantes consecuencias en la dinámica de la consulta del médico, para el trabajador, las empresas y la institución.

Dado que los médicos que expiden la incapacidad no siempre están conscientes de la responsabilidad que supone manejar los recursos, siempre limitados (lo sabemos), la mayoría de las instituciones de seguridad social han establecido programas para controlar esta prestación. El objetivo es asegurar que la prescripción sea adecuada, tanto en su indicación como en su duración; se busca garantizar un manejo responsable de este recurso de protección social. Desde el punto de vista legal, durante la incapacidad temporal se encuentra plenamente justificado el ausentismo del trabajador a la empresa.

Legalmente se considera incapacidad temporal para el trabajo a la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo; es decir, no son solo un “justificante”. Si la asistencia médica se presta por médicos privados, no se les reconoce competencia para expedir los certificados de incapacidad, puesto que no es de su incumbencia.

El manejo correcto de la incapacidad temporal para el trabajo requiere un adecuado diagnóstico de los problemas de salud, conocimiento de la legislación y buena comunicación médico-paciente. El uso de guías de duración de la incapacidad evita que el médico decida solo en función de su experiencia e intuición, y disminuye la incertidumbre en el momento de otorgar una incapacidad o no continuarla.

El uso de las guías favorece un mejor posicionamiento ante el trabajador que demanda una incapacidad, y ante la institución que con alguna frecuencia lo hacen el responsable último y único de la incapacidad temporal.

Desde 2005, el IMSS adoptó el Medical Disability Advisor, guía creada a partir del consenso de expertos y datos de países de los cinco continentes. Esta guía incluye la clasificación de los diagnósticos de acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades y una forma simple de clasificar la carga física de las ocupaciones.

Es importante la identificación temprana de los pacientes que tendrán problemas para su retorno al trabajo, para lo cual se recomienda enviar a medicina del trabajo para evaluar un plan de reintegración oportuno. Los médicos tratantes, con la información necesaria y con algunos medios que faciliten su tarea, pueden optimar esta prestación sin crear situaciones injustas. Por lo que esta prestación ha sido básica en el sistema laboral de nuestro país.

Dr. César Álvarez Pacheco

cesar_ap@hotmail.com

@cesar_alvarezp

Huatabampo, Sonora.