/ martes 21 de diciembre de 2021

Salud y bienestar | ¿Ha funcionado Insabi?

En julio de 2019 se presentó en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de acceso a los servicios de salud y medicamentos asociados para las personas que no poseen seguridad social. ¿Ha funcionado?

En aquel entonces ni los diputados ni los senadores se dieron la tarea a analizar la propuesta en un tema tan importante para nuestro país y tan sensible, sólo siguieron las instrucciones de la cólera y el repudio de lo que en anteriores sexenios se había construido.

En la exposición de motivos se explicaba que la iniciativa llevaba como propósito “la adecuación al marco normativo vigente a fin de crear un sistema de acceso universal y gratuito a los servicios de salud y medicamentos asociados para la población que carece de seguridad social”, así como “la existencia del organismo descentralizado, Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), sectorizado a la Secretaría de Salud, el cual se conformaría con los recursos humanos, financieros y materiales que se destinaban a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud”.

La iniciativa parte del reconocimiento del derecho a la salud como irrevocable y esencial, lo que es relevante pues hace explícito el rol central que tiene el Estado para promover y adoptar leyes, así como asignar recursos a fin de garantizar el acceso a la atención a la salud. Asimismo, sustentaba la necesidad de la reforma al señalar que en México la mitad de la población carecía de acceso a los servicios de seguridad social.

No obstante, no se hacía referencia a la característica central del sistema de salud mexicano, que es la fragmentación por condición laboral, ni a los resultados de los esfuerzos para incrementar la cobertura, principalmente la reforma de 2004 que dio lugar al Sistema de Protección Social en Salud y su brazo operativo, el Seguro Popular.

La población empleada en el sector formal de la economía tiene acceso a los diversos esquemas de la seguridad social, que en su conjunto dan cobertura a 38% de la población del país. El reconocimiento explícito de esta compleja realidad ayudaría a identificar los aspectos que la reforma propuesta mejoraría respecto al estatus quo y aquéllos que no serán abordados por la misma.

En Insabi, se señala que cubrirá, como mínimo, “los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención, así como a los medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud”. Esto significa que bajo el nuevo esquema estarán garantizados por ley todos los servicios de primer y segundo nivel, objetivo ambicioso y deseable; sin embargo, potencialmente muy costoso, y se dejó ver con la falta de insumos que existe a nivel nacional, desde medicamentos, gasas, suturas y equipo médico diverso que hoy los pacientes compran.

En lo referente al acceso a servicios de alta especialidad, que son los que tienen mayor potencial de ser económicamente catastróficos, la iniciativa no es clara, dejó ver los errores en cuanto a medicamentos oncológicos, su distribución y su impacto negativo en pacientes de este tipo. Otro rubro relevante de la iniciativa es el referente a los acuerdos de coordinación para la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud y medicamentos asociados para la población sin seguridad social entre la Secretaría de Salud y las entidades federativas, pero eso tampoco ha sucedido. ¿Qué pasará después? Urge corregir el rumbo.

En julio de 2019 se presentó en la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en materia de acceso a los servicios de salud y medicamentos asociados para las personas que no poseen seguridad social. ¿Ha funcionado?

En aquel entonces ni los diputados ni los senadores se dieron la tarea a analizar la propuesta en un tema tan importante para nuestro país y tan sensible, sólo siguieron las instrucciones de la cólera y el repudio de lo que en anteriores sexenios se había construido.

En la exposición de motivos se explicaba que la iniciativa llevaba como propósito “la adecuación al marco normativo vigente a fin de crear un sistema de acceso universal y gratuito a los servicios de salud y medicamentos asociados para la población que carece de seguridad social”, así como “la existencia del organismo descentralizado, Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), sectorizado a la Secretaría de Salud, el cual se conformaría con los recursos humanos, financieros y materiales que se destinaban a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud”.

La iniciativa parte del reconocimiento del derecho a la salud como irrevocable y esencial, lo que es relevante pues hace explícito el rol central que tiene el Estado para promover y adoptar leyes, así como asignar recursos a fin de garantizar el acceso a la atención a la salud. Asimismo, sustentaba la necesidad de la reforma al señalar que en México la mitad de la población carecía de acceso a los servicios de seguridad social.

No obstante, no se hacía referencia a la característica central del sistema de salud mexicano, que es la fragmentación por condición laboral, ni a los resultados de los esfuerzos para incrementar la cobertura, principalmente la reforma de 2004 que dio lugar al Sistema de Protección Social en Salud y su brazo operativo, el Seguro Popular.

La población empleada en el sector formal de la economía tiene acceso a los diversos esquemas de la seguridad social, que en su conjunto dan cobertura a 38% de la población del país. El reconocimiento explícito de esta compleja realidad ayudaría a identificar los aspectos que la reforma propuesta mejoraría respecto al estatus quo y aquéllos que no serán abordados por la misma.

En Insabi, se señala que cubrirá, como mínimo, “los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención, así como a los medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud”. Esto significa que bajo el nuevo esquema estarán garantizados por ley todos los servicios de primer y segundo nivel, objetivo ambicioso y deseable; sin embargo, potencialmente muy costoso, y se dejó ver con la falta de insumos que existe a nivel nacional, desde medicamentos, gasas, suturas y equipo médico diverso que hoy los pacientes compran.

En lo referente al acceso a servicios de alta especialidad, que son los que tienen mayor potencial de ser económicamente catastróficos, la iniciativa no es clara, dejó ver los errores en cuanto a medicamentos oncológicos, su distribución y su impacto negativo en pacientes de este tipo. Otro rubro relevante de la iniciativa es el referente a los acuerdos de coordinación para la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud y medicamentos asociados para la población sin seguridad social entre la Secretaría de Salud y las entidades federativas, pero eso tampoco ha sucedido. ¿Qué pasará después? Urge corregir el rumbo.