/ martes 28 de mayo de 2024

¿La Ley Seca prohibe a los ciudadanos consumir alcohol? Te explicamos

En los próximos días iniciará la Ley Seca en México, con el fin de que se tenga un proceso electoral tranquilo y con orden entre la ciudadanía

El próximo 2 de junio es la jornada electoral en México, día en el que miles de personas deberán acudir a las urnas a emitir su voto para elegir a quienes tomarán los distintos cargos de elección popular: Presidencia, alcaldías, diputaciones y senadurías.

Para ese día, entra en vigor la llamada Ley Seca, que consiste el prohibir la venta de alcohol en tiendas comerciales, restaurantes y otros establecimientos. Esto tendrá duración de dos días: el 1 y el 2 de junio, que es un día anterior y el día de la jornada electoral.

Si te preguntas si el consumo de bebidas alcohólicas está prohibido para los ciudadanos, la respuesta es no.

Lee también: Afectará "Ley Seca" a restaurantes por la baja de clientes

El Artículo 30 de la Ley de Alcoholes del Estado de Sonora únicamente prohibe la venta de estas bebidas en los establecimientos marcados, pero no indica que los ciudadanos no puedan consumirlas en sus domicilios.

Es decir, si tendrás una reunión ese fin de semana, o vas a consumir bebidas con alcohol, deberás comprarlas días previos a que inicie la Ley Seca, antes del 1 y 2 de junio.

Sin embargo, cabe recordar que el consumo de bebidas embriagantes está prohibido en la vía pública, por lo que deberás hacerlo sólo en un domicilio particular.

No pueden presentarse bajo los efectos del alcohol en casillas

Dicho esto, los órganos electorales del estado y la federación solicitaron a la comunidad a no acudir bajo los influjos del alcohol a las casillas electorales, ya que, de no acatar el reglamento y el orden público, podrían ser arrestados.

Es el Artículo 236 el que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas tanto el día de la elección como en el día previo, con el fin de mantener un ambiente propicio para el ejercicio democrático.

Por ello, el representante de la Junta Distrital 03 del Instituto Nacional Electoral (INE), Francisco Ávila Madera, señaló que ante cualquier situación de riesgo ante la presencia de una persona que pueda acudir bajo los influjos del alcohol o alguna droga, los funcionarios de casilla deben solicitarle que pase a retirarse, de lo contrario se tiene que llamar a las autoridades de seguridad pública.

El órgano electoral difundió que son 125 que se tienen enlistadas dentro de esa categoría / Foto: Nacho Ruiz | Cuartoscuro

¿Qué hacer y no hacer en la casillas electorales?

El representante del INE mencionó que tampoco los electores deben de acudir con vestimenta con logos de algún candidato o partido político, además de no llevar el rostro cubierto, ni personas armadas salvo los elementos de seguridad.

De la misma forma, los elementos de seguridad que acudan a votar, deben acudir sin el arma de cargo, ya que es parte de la reglamentación vigente.

Francisco Ávila Madera indicó que dentro de las responsabilidades de los ciudadanos, en primer instancia es llevar la credencial de votar vigente, incluso la 2023, dando prioridad a las personas en sillas de rueda, alguna discapacidad y adultos mayores en las casillas.

Otro punto importante es que a las personas que van a ser supervisores y capacitadores de asistentes electorales del INE se les da una capacitación sobre las medidas de inclusión / Foto: Mike Acosta | El Sol de Hermosillo


“De preferencia deben acudir temprano, para evitar aglomeraciones y también atender las recomendaciones de las condiciones climáticas, esto a pesar de que las la mayor parte de las más de tres mil 988 casillas van estar en escuelas utilizando los salones de clases que cuenta sistema de aire acondicionado, sin embargo al momento de hacer fila se busca estén en el calor”, expresó.

Por otro lado, el Artículo 235 establece las garantías para los representantes de casilla y representantes generales, asegurando que puedan desempeñar sus funciones sin obstáculos.

Asimismo, se limita la posibilidad de detención de estos representantes, únicamente en casos de flagrante delito o por orden de la autoridad judicial competente.

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En cuanto a la infraestructura necesaria para el desarrollo de la jornada electoral, los Artículos 238 y 239 establecen que las agencias del ministerio público, los juzgados y los notarios públicos deberán mantenerse abiertos para atender cualquier solicitud relacionada con la elección, garantizando así la transparencia y legalidad del proceso.

Se estableció que es responsabilidad de todos los ciudadanos y autoridades cumplir con estas normativas para asegurar el buen desarrollo de la jornada electoral del próximo 2 de junio.

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El próximo 2 de junio es la jornada electoral en México, día en el que miles de personas deberán acudir a las urnas a emitir su voto para elegir a quienes tomarán los distintos cargos de elección popular: Presidencia, alcaldías, diputaciones y senadurías.

Para ese día, entra en vigor la llamada Ley Seca, que consiste el prohibir la venta de alcohol en tiendas comerciales, restaurantes y otros establecimientos. Esto tendrá duración de dos días: el 1 y el 2 de junio, que es un día anterior y el día de la jornada electoral.

Si te preguntas si el consumo de bebidas alcohólicas está prohibido para los ciudadanos, la respuesta es no.

Lee también: Afectará "Ley Seca" a restaurantes por la baja de clientes

El Artículo 30 de la Ley de Alcoholes del Estado de Sonora únicamente prohibe la venta de estas bebidas en los establecimientos marcados, pero no indica que los ciudadanos no puedan consumirlas en sus domicilios.

Es decir, si tendrás una reunión ese fin de semana, o vas a consumir bebidas con alcohol, deberás comprarlas días previos a que inicie la Ley Seca, antes del 1 y 2 de junio.

Sin embargo, cabe recordar que el consumo de bebidas embriagantes está prohibido en la vía pública, por lo que deberás hacerlo sólo en un domicilio particular.

No pueden presentarse bajo los efectos del alcohol en casillas

Dicho esto, los órganos electorales del estado y la federación solicitaron a la comunidad a no acudir bajo los influjos del alcohol a las casillas electorales, ya que, de no acatar el reglamento y el orden público, podrían ser arrestados.

Es el Artículo 236 el que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas tanto el día de la elección como en el día previo, con el fin de mantener un ambiente propicio para el ejercicio democrático.

Por ello, el representante de la Junta Distrital 03 del Instituto Nacional Electoral (INE), Francisco Ávila Madera, señaló que ante cualquier situación de riesgo ante la presencia de una persona que pueda acudir bajo los influjos del alcohol o alguna droga, los funcionarios de casilla deben solicitarle que pase a retirarse, de lo contrario se tiene que llamar a las autoridades de seguridad pública.

El órgano electoral difundió que son 125 que se tienen enlistadas dentro de esa categoría / Foto: Nacho Ruiz | Cuartoscuro

¿Qué hacer y no hacer en la casillas electorales?

El representante del INE mencionó que tampoco los electores deben de acudir con vestimenta con logos de algún candidato o partido político, además de no llevar el rostro cubierto, ni personas armadas salvo los elementos de seguridad.

De la misma forma, los elementos de seguridad que acudan a votar, deben acudir sin el arma de cargo, ya que es parte de la reglamentación vigente.

Francisco Ávila Madera indicó que dentro de las responsabilidades de los ciudadanos, en primer instancia es llevar la credencial de votar vigente, incluso la 2023, dando prioridad a las personas en sillas de rueda, alguna discapacidad y adultos mayores en las casillas.

Otro punto importante es que a las personas que van a ser supervisores y capacitadores de asistentes electorales del INE se les da una capacitación sobre las medidas de inclusión / Foto: Mike Acosta | El Sol de Hermosillo


“De preferencia deben acudir temprano, para evitar aglomeraciones y también atender las recomendaciones de las condiciones climáticas, esto a pesar de que las la mayor parte de las más de tres mil 988 casillas van estar en escuelas utilizando los salones de clases que cuenta sistema de aire acondicionado, sin embargo al momento de hacer fila se busca estén en el calor”, expresó.

Por otro lado, el Artículo 235 establece las garantías para los representantes de casilla y representantes generales, asegurando que puedan desempeñar sus funciones sin obstáculos.

Asimismo, se limita la posibilidad de detención de estos representantes, únicamente en casos de flagrante delito o por orden de la autoridad judicial competente.

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En cuanto a la infraestructura necesaria para el desarrollo de la jornada electoral, los Artículos 238 y 239 establecen que las agencias del ministerio público, los juzgados y los notarios públicos deberán mantenerse abiertos para atender cualquier solicitud relacionada con la elección, garantizando así la transparencia y legalidad del proceso.

Se estableció que es responsabilidad de todos los ciudadanos y autoridades cumplir con estas normativas para asegurar el buen desarrollo de la jornada electoral del próximo 2 de junio.

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