El próximo 30 de mayo termina el plazo para que lasempresas entreguen a sus empleados utilidades, y de no cumpliren tiempo y forma esta obligación las multas pueden ser dehasta 403 mil pesos, señaló Enconta.
En un comunicado el representante de la plataforma digital,Daniel Martínez, apuntó que de acuerdo con la Ley Federaldel Trabajo las empresas con un ingreso anual declarado menor a300 mil pesos no están obligadas a otorgar utilidades.
De igual forma las empresas de reciente creacióntambién quedan exentas, así como las que se dedican a laelaboración de un producto novedoso de reciente creación,aunque solo durante los dos primeros años deoperación.
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El directivo apuntó “puede existir confusiónrespecto a quiénes están obligados a realizar este pago aempleados, en especial las pequeñas y medianas empresas que nocuentan con una plataforma de servicios contables que los oriente ybrinde herramientas para hacer más eficientes los procesosadministrativos".
Martínez añadió que las empresas de la industriaextractiva de reciente creación y en periodo deexploración, así como las instituciones de asistenciaprivada sin propósito de lucro, o las públicasdescentralizadas con fines culturales, asistenciales o debeneficencia; tampoco están obligadas a realizar el reparto deutilidades.
Explicó que entre los negocios que deben realiza r elpago existen personas que están excluidas de recibirlo,como directores, administradores y gerentes generales de lasempresas, así como los empleados domésticos y lostrabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 díasdurante el ejercicio fiscal.
En contraste explicó que todos los trabajadoressubordinados mediante el pago de un salario a una personafísica o moral, es decir, un patrón o una empresa,deberán recibir la parte proporcional de las utilidades.
Esto también incluye a quienes habiendo laborado por unmínimo de 60 días durante el ejercicio fiscal, ya nose encuentren en activo durante el periodo de pago.