/ lunes 28 de septiembre de 2020

Sonora, aborto y ley: hay mujeres que quieren abortar, legisladores no

Este tema no figura en la agenda de ningún partido en el Congreso, aunque es un tema de coyuntura después de su despenalización en Oaxaca, más no aquí

Es preciso recordar que el Código Penal para el Estado de Sonora cataloga al aborto como un crimen, pues en su artículo 265 menciona que “comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez”.

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Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

Asimismo, en el artículo 266 menciona que "a la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicarán de uno a seis años de prisión y de veinte a doscientos días multa".

El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) indicó que el código plasma una penalidad de uno a seis años de cárcel, siendo uno de los más severos a nivel nacional por este delito.

El castigo se expande a los médicos, cirujanos, comadronas o parteros que participen en un aborto, así sea voluntario; quienes serán acreedores a una multa y se le suspenderá la licencia de dos a cinco años, esto según el artículo 268.

Según el artículo 269 del reglamento, las únicas instancias en las que el aborto no es punible en la entidad aplica cuando no es causado por culpa de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación.

Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

Tampoco se aplicará sanción alguna cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible.

Cabe mencionar sin embargo, que en la Ciudad de México el aborto está despenalizado por petición de la mujer hasta las 12 semanas de embarazo y la ley de Sonora no contempla ningún tipo de sanción a ciudadanas sonorenses que se realicen un aborto en otra parte del país.

Ello implica que, en teoría, cualquier mujer que desee abortar puede viajar a la capital del país para efectuar el proceso sin que ello implique cargos en su contra, siempre y cuando tenga la solvencia para hacer el recorrido.

El papel del Congreso

El aborto no figura en la agenda política de ningún partido de esta legislatura y, aunque es un tema de coyuntura, sobre todo tras su despenalización en Oaxaca, Sonora continúa eludiendo este tema.

De acuerdo con datos presentados por el Centro de Investigaciones Parlamentarias del Estado de Sonora (Cipes), en los dos años de la 62 Legislatura no se presentó ningún tipo de iniciativa para reformar la Constitución Política.

El tercer año de la actual legislatura, comenzado en septiembre, tampoco avizora la inducción de un proyecto de ley que permita la libre elección de las mujeres o, cuando menos, la despenalización de esta actividad.

La directora del Observatorio del Feminicidio, Silvia Núñez Esquer, sostuvo que Sonora debe despenalizar el aborto pues es ilógico criminalizar a las mujeres solamente por decidir sobre su cuerpo.

"Se debe eliminar la restricción porque las mujeres no pueden estar criminalizadas por hacer uso de sus derechos sobre su maternidad y reproducción ni pagar multas. Es como castigarte por ejercer tus derechos", sostuvo.

Foto: Cortesía | Facebook Silvia Núñez Esquer

Por ello precisó que los diputados del Congreso local no deben permitir que grupos de poder o preceptos morales interfieran con su juicio y se escuche la voz de mujeres de todas las edades y estatus sociales.

La especialista en temas referentes a los derechos de la mujer manifestó que Sonora cuenta con una historia de lucha por la despenalización del aborto, misma que ha cobrado más relevancia gracias a las generaciones recientes y el advenimiento de las redes sociales.

Antecedentes

En abril de 2009, el Congreso del Estado ordenó la publicación de las reformas al artículo 1 de la Constitución Política de Sonora, con lo que se protege la vida desde la fecundación hasta la muerte.

Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

El artículo que se reformó estableció que "los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales y en Sonora todo individuo gozará de las garantías individuales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

La iniciativa de reforma constitucional fue votada a favor por las fracciones de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), así como por el diputado independiente Mónico Castillo Rodríguez.

Por su parte, los grupos legislativos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Nueva Alianza, emitieron su voto en contra de la mencionada reforma a la Constitución Política de Sonora.

Esta reforma fue aprobada por la mayoría de diputados de la 58 Legislatura el 21 de octubre de 2008 pero, al tratarse de una reforma constitucional, debió ser aprobada por la mitad más uno de los ayuntamientos de la entidad.

En ese tiempo, Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, presidente de la Primera Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y quien sería alcalde de Hermosillo, expuso que cada entidad federativa tiene derecho a legislar sobre el tema relativo al derecho a la vida desde la fecundación.

“Debemos de dividir y separar los debates; hay casos aberrantes que muestran algún escenario, pero aquí estamos discutiendo la vida, la vida en sí como la debe de tutelar el Estado, lo otro son los asegunes que tienen que ver en cada caso, pero la vida no está a discusión y no puedes, por un ilícito aberrante, revolver y meter todo a la misma licuadora, por eso lo quisimos separar”, justificó.

El futuro edil agregaría que, con esta reforma, se le cierra el paso a cualquier posibilidad de ampliar las excepciones como pobreza, marginalidad y abandono para acceder al aborto.

Es preciso recordar que el Código Penal para el Estado de Sonora cataloga al aborto como un crimen, pues en su artículo 265 menciona que “comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez”.

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Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

Asimismo, en el artículo 266 menciona que "a la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicarán de uno a seis años de prisión y de veinte a doscientos días multa".

El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) indicó que el código plasma una penalidad de uno a seis años de cárcel, siendo uno de los más severos a nivel nacional por este delito.

El castigo se expande a los médicos, cirujanos, comadronas o parteros que participen en un aborto, así sea voluntario; quienes serán acreedores a una multa y se le suspenderá la licencia de dos a cinco años, esto según el artículo 268.

Según el artículo 269 del reglamento, las únicas instancias en las que el aborto no es punible en la entidad aplica cuando no es causado por culpa de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación.

Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

Tampoco se aplicará sanción alguna cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible.

Cabe mencionar sin embargo, que en la Ciudad de México el aborto está despenalizado por petición de la mujer hasta las 12 semanas de embarazo y la ley de Sonora no contempla ningún tipo de sanción a ciudadanas sonorenses que se realicen un aborto en otra parte del país.

Ello implica que, en teoría, cualquier mujer que desee abortar puede viajar a la capital del país para efectuar el proceso sin que ello implique cargos en su contra, siempre y cuando tenga la solvencia para hacer el recorrido.

El papel del Congreso

El aborto no figura en la agenda política de ningún partido de esta legislatura y, aunque es un tema de coyuntura, sobre todo tras su despenalización en Oaxaca, Sonora continúa eludiendo este tema.

De acuerdo con datos presentados por el Centro de Investigaciones Parlamentarias del Estado de Sonora (Cipes), en los dos años de la 62 Legislatura no se presentó ningún tipo de iniciativa para reformar la Constitución Política.

El tercer año de la actual legislatura, comenzado en septiembre, tampoco avizora la inducción de un proyecto de ley que permita la libre elección de las mujeres o, cuando menos, la despenalización de esta actividad.

La directora del Observatorio del Feminicidio, Silvia Núñez Esquer, sostuvo que Sonora debe despenalizar el aborto pues es ilógico criminalizar a las mujeres solamente por decidir sobre su cuerpo.

"Se debe eliminar la restricción porque las mujeres no pueden estar criminalizadas por hacer uso de sus derechos sobre su maternidad y reproducción ni pagar multas. Es como castigarte por ejercer tus derechos", sostuvo.

Foto: Cortesía | Facebook Silvia Núñez Esquer

Por ello precisó que los diputados del Congreso local no deben permitir que grupos de poder o preceptos morales interfieran con su juicio y se escuche la voz de mujeres de todas las edades y estatus sociales.

La especialista en temas referentes a los derechos de la mujer manifestó que Sonora cuenta con una historia de lucha por la despenalización del aborto, misma que ha cobrado más relevancia gracias a las generaciones recientes y el advenimiento de las redes sociales.

Antecedentes

En abril de 2009, el Congreso del Estado ordenó la publicación de las reformas al artículo 1 de la Constitución Política de Sonora, con lo que se protege la vida desde la fecundación hasta la muerte.

Foto: Archivo | El Sol de Hermosillo

El artículo que se reformó estableció que "los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales y en Sonora todo individuo gozará de las garantías individuales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

La iniciativa de reforma constitucional fue votada a favor por las fracciones de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), así como por el diputado independiente Mónico Castillo Rodríguez.

Por su parte, los grupos legislativos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Nueva Alianza, emitieron su voto en contra de la mencionada reforma a la Constitución Política de Sonora.

Esta reforma fue aprobada por la mayoría de diputados de la 58 Legislatura el 21 de octubre de 2008 pero, al tratarse de una reforma constitucional, debió ser aprobada por la mitad más uno de los ayuntamientos de la entidad.

En ese tiempo, Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez, presidente de la Primera Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y quien sería alcalde de Hermosillo, expuso que cada entidad federativa tiene derecho a legislar sobre el tema relativo al derecho a la vida desde la fecundación.

“Debemos de dividir y separar los debates; hay casos aberrantes que muestran algún escenario, pero aquí estamos discutiendo la vida, la vida en sí como la debe de tutelar el Estado, lo otro son los asegunes que tienen que ver en cada caso, pero la vida no está a discusión y no puedes, por un ilícito aberrante, revolver y meter todo a la misma licuadora, por eso lo quisimos separar”, justificó.

El futuro edil agregaría que, con esta reforma, se le cierra el paso a cualquier posibilidad de ampliar las excepciones como pobreza, marginalidad y abandono para acceder al aborto.

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