/ jueves 16 de enero de 2020

Conceden amparo a comités de cuenca por cierre de Fideicomiso

Grupo México aclaró que se otorgó solamente a 35 pobladores para ciertos efectos; esperan que se notifique la sentencia

Uno de los tres amparos promovidos por los Comités de Cuenca Río Sonora (CCRS), fueron resueltos a su favor por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esto en relación con la extinción del Fideicomiso Río Sonora y la conclusión del programa de remediación ambiental.

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La SCJN consideró por unanimidad que la remediación del daño y la aplicación del Fideicomiso no había sido la adecuada, por lo cual se tomó la determinación, aunque aún no se dicta la sentencia para saber si será reabierto o qué medida será tomada.

Fernanda Hopenhaym, codirectora del Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (Poder), organización que representa a los CCRS, afirmó que esperarán a que la sentencia defina mecanismos claros para la remediación de los daños y afectaciones a las comunidades de los siete municipios que sufrieron daños por la contaminación.

El Fideicomiso Río Sonora fue instituido como mecanismo para que Grupo México y el Gobierno federal efectuaran la remediación del daño ambiental, de salud y económico causado por el derrame de 40 mil metros cúbicos de lixiviado de cobre en los causes de los ríos Bacanuchi y Sonora, provenientes de la mina Buenavista del Cobre, esto en el 2014.

“El del Río Sonora es un caso emblemático y como tal, este fallo envía un mensaje importante: Las empresas deben guardar los más altos estándares al realizar sus actividades y evitar daños, porque de lo contrario, no saldrán impunes si es que afectan a las comunidades y violan los derechos humanos”, enfatizó.

Los CCRS y Poder consideran que el amparo por la extinción del Fideicomiso era el más importante de los tres interpuestos ante la SCJN, por su impacto directo a la ecología, salud y economía de los habitantes de la región, pero esperarán la sentencia.

“Con este fallo la Corte instruiría que el Fideicomiso sea reabierto o definiría nuevos mecanismos para que se realice la remediación y la reparación de los daños causados por el derrame tóxico de Grupo México, considerado el peor desastre ambiental de la historia de la minería en el país”, expuso.

Los otros dos amparos relacionados al Fideicomiso Río Sonora, los cuales son por cómo operó el Fideicomiso; así como el que afirmaba una falta de apoyo al Proyecto de reactivación Agropecuaria para la región fueron sobreseídos, es decir, suprimidos o cancelados.

“Pensamos que con el fallo favorable del caso de la extinción del Fideicomiso, algunos temas contenidos en estos otros dos amparos podrían también ser abordados, por ejemplo, el de la definición de los mecanismos para que se realice la remediación agropecuaria, tan necesaria”, puntualizó.

Uno de los tres amparos promovidos por los Comités de Cuenca Río Sonora (CCRS), fueron resueltos a su favor por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esto en relación con la extinción del Fideicomiso Río Sonora y la conclusión del programa de remediación ambiental.

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La SCJN consideró por unanimidad que la remediación del daño y la aplicación del Fideicomiso no había sido la adecuada, por lo cual se tomó la determinación, aunque aún no se dicta la sentencia para saber si será reabierto o qué medida será tomada.

Fernanda Hopenhaym, codirectora del Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (Poder), organización que representa a los CCRS, afirmó que esperarán a que la sentencia defina mecanismos claros para la remediación de los daños y afectaciones a las comunidades de los siete municipios que sufrieron daños por la contaminación.

El Fideicomiso Río Sonora fue instituido como mecanismo para que Grupo México y el Gobierno federal efectuaran la remediación del daño ambiental, de salud y económico causado por el derrame de 40 mil metros cúbicos de lixiviado de cobre en los causes de los ríos Bacanuchi y Sonora, provenientes de la mina Buenavista del Cobre, esto en el 2014.

“El del Río Sonora es un caso emblemático y como tal, este fallo envía un mensaje importante: Las empresas deben guardar los más altos estándares al realizar sus actividades y evitar daños, porque de lo contrario, no saldrán impunes si es que afectan a las comunidades y violan los derechos humanos”, enfatizó.

Los CCRS y Poder consideran que el amparo por la extinción del Fideicomiso era el más importante de los tres interpuestos ante la SCJN, por su impacto directo a la ecología, salud y economía de los habitantes de la región, pero esperarán la sentencia.

“Con este fallo la Corte instruiría que el Fideicomiso sea reabierto o definiría nuevos mecanismos para que se realice la remediación y la reparación de los daños causados por el derrame tóxico de Grupo México, considerado el peor desastre ambiental de la historia de la minería en el país”, expuso.

Los otros dos amparos relacionados al Fideicomiso Río Sonora, los cuales son por cómo operó el Fideicomiso; así como el que afirmaba una falta de apoyo al Proyecto de reactivación Agropecuaria para la región fueron sobreseídos, es decir, suprimidos o cancelados.

“Pensamos que con el fallo favorable del caso de la extinción del Fideicomiso, algunos temas contenidos en estos otros dos amparos podrían también ser abordados, por ejemplo, el de la definición de los mecanismos para que se realice la remediación agropecuaria, tan necesaria”, puntualizó.

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