/ martes 23 de marzo de 2021

“Ley Veto” del Estado de Sonora es avalada por la SCJN

Tras analizar la impugnación hecha por el municipio de Puerto Peñasco llegaron a la conclusión de que no se cometieron irregularidades en las reformas a la Carta Magna

Luego de analizar la impugnación promovida por el municipio de Puerto Peñasco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el procedimiento que derivó en la expedición de la Ley Número 288 de Sonora, mejor conocida como la “Ley Veto”.

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Dicha iniciativa reformó la Constitución Política del Estado de Sonora el 13 de agosto de 2018, otorgando nuevas facultades al ejecutivo estatal, entre las que destaca que podrá inconformarse con el presupuesto que aprueben los diputados del Congreso.

Asimismo, la SCJN validó el artículo 146, que eliminó el fuero o cualquier otra figura jurídica similar que conceda inmunidad parcial de enjuiciamiento a todos los funcionarios públicos de Sonora.

Por último se avaló el artículo 163, el cual exige que las reformas o adiciones a la propia Constitución sean aprobadas por las dos terceras partes de los diputados que integran el Congreso y las dos terceras partes de los Ayuntamientos.

Esta ley fue aprobada en su momento por 57 de los 72 municipios de Sonora y posteriormente promulgada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, causando controversia en el sector político.

Ante ello, la gobernadora Claudia Pavlovich Arellano, declaró que serían en las instituciones jurídicas donde se resuelvan las inconformidades por las reformas aprobadas en el Congreso.

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Cabe destacar que además del municipio de Puerto Peñasco (gobernado por el PAN), otras instancias también interpusieron su recurso ante la SCJN, como lo fue la dirigencia nacional de Morena.

Luego de analizar la impugnación promovida por el municipio de Puerto Peñasco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el procedimiento que derivó en la expedición de la Ley Número 288 de Sonora, mejor conocida como la “Ley Veto”.

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Dicha iniciativa reformó la Constitución Política del Estado de Sonora el 13 de agosto de 2018, otorgando nuevas facultades al ejecutivo estatal, entre las que destaca que podrá inconformarse con el presupuesto que aprueben los diputados del Congreso.

Asimismo, la SCJN validó el artículo 146, que eliminó el fuero o cualquier otra figura jurídica similar que conceda inmunidad parcial de enjuiciamiento a todos los funcionarios públicos de Sonora.

Por último se avaló el artículo 163, el cual exige que las reformas o adiciones a la propia Constitución sean aprobadas por las dos terceras partes de los diputados que integran el Congreso y las dos terceras partes de los Ayuntamientos.

Esta ley fue aprobada en su momento por 57 de los 72 municipios de Sonora y posteriormente promulgada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, causando controversia en el sector político.

Ante ello, la gobernadora Claudia Pavlovich Arellano, declaró que serían en las instituciones jurídicas donde se resuelvan las inconformidades por las reformas aprobadas en el Congreso.

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Cabe destacar que además del municipio de Puerto Peñasco (gobernado por el PAN), otras instancias también interpusieron su recurso ante la SCJN, como lo fue la dirigencia nacional de Morena.

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