/ martes 18 de febrero de 2020

Sancionarán actos anticipados de precampaña y campaña

Pedro Pablo Chirinos explicó que los actos anticipados de precampaña son detectados cuando un candidato sobrepasa a la militancia de su partido y pide abiertamente el voto la ciudadanía

Los políticos que deseen participar en la contienda electoral del 2021, deberán de esperar a los tiempos oficiales para evitar ser sancionados por actos anticipados de campaña, lo cual podría traer sanciones a candidatos y partidos políticos.

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Pedro Pablo Chirinos Benítez, fiscal especial para Delitos Electorales del Estado de Sonora, aseguró que el artículo 134 octavo párrafo de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual restringe el uso de recursos públicos para incidir en la contienda entre partidos políticos, no tiene una ley reglamentaria o secundaria.

Señaló que sin embargo, si existe un régimen administrativo sancionador que permite autoridades electorales que castigar estas conductas y si de este sobreviene la comisión de un delito electoral también se hacen las investigaciones pertinentes.

"Hasta la fecha no tenemos denuncias en este sentido y lo que nosotros insistimos en este proceso es que el mejor candidato va a ser el que como ciudadano o como servidor público sea el más respetuoso de la ley”, consideró.

Explicó que los actos anticipados de precampaña son detectados cuando un candidato sobrepasa a la militancia de su partido y pide abiertamente el voto la ciudadanía; mientras que los de campaña son cuando se pide el voto fuera del periodo oficial.

“El Instituto Estatal Electoral y el Tribunal tienen un régimen sancionador que lo hacen a partir de un juicio electoral, el instituto hace una audiencia, la determina el tribunal y dictan sentencia de manera oral, pueden amonestar públicamente, aplicar una multa, pueden llegar a cancelar el registro de candidato o precandidato y también se sancionará al partido político”, expuso.

Puntualizó que la diferencia entre un acto anticipado de precampaña y uno de campaña, es porque en el primer caso se utiliza para tratar de obtener la candidatura de su partido, mientras que en el segundo el voto de la ciudadanía.

Los políticos que deseen participar en la contienda electoral del 2021, deberán de esperar a los tiempos oficiales para evitar ser sancionados por actos anticipados de campaña, lo cual podría traer sanciones a candidatos y partidos políticos.

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Pedro Pablo Chirinos Benítez, fiscal especial para Delitos Electorales del Estado de Sonora, aseguró que el artículo 134 octavo párrafo de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual restringe el uso de recursos públicos para incidir en la contienda entre partidos políticos, no tiene una ley reglamentaria o secundaria.

Señaló que sin embargo, si existe un régimen administrativo sancionador que permite autoridades electorales que castigar estas conductas y si de este sobreviene la comisión de un delito electoral también se hacen las investigaciones pertinentes.

"Hasta la fecha no tenemos denuncias en este sentido y lo que nosotros insistimos en este proceso es que el mejor candidato va a ser el que como ciudadano o como servidor público sea el más respetuoso de la ley”, consideró.

Explicó que los actos anticipados de precampaña son detectados cuando un candidato sobrepasa a la militancia de su partido y pide abiertamente el voto la ciudadanía; mientras que los de campaña son cuando se pide el voto fuera del periodo oficial.

“El Instituto Estatal Electoral y el Tribunal tienen un régimen sancionador que lo hacen a partir de un juicio electoral, el instituto hace una audiencia, la determina el tribunal y dictan sentencia de manera oral, pueden amonestar públicamente, aplicar una multa, pueden llegar a cancelar el registro de candidato o precandidato y también se sancionará al partido político”, expuso.

Puntualizó que la diferencia entre un acto anticipado de precampaña y uno de campaña, es porque en el primer caso se utiliza para tratar de obtener la candidatura de su partido, mientras que en el segundo el voto de la ciudadanía.

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