/ lunes 7 de septiembre de 2020

Dan suspensión contra orden de aprehensión a Gonzalo Gil White

Gil White cuenta con otras dos órdenes de aprehensión, una por abuso de confianza por 160 mdp y la otra por administración fraudulenta por 750 mdp

Una jueza federal le concedió la suspensión provisional a Gonzalo Gil White, hijo del ex secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz contra una nueva orden de aprehensión que se libró en su contra, luego de que el pasado mes de agosto un juez de Control con sede en la Ciudad de México libró la orden de aprehensión.

La jueza María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, le concedió la suspensión provisional a White y aunque en la orden de detención también se menciona a Carlos Enrique Williamson Nasi, Miguel Ángel Villegas Vargas y Cynthia Ann Delong, la suspensión provisional solo es para Gonzálo.

La jueza Núñez Solorio admitió a trámite de garantías y precisó que la concesión de la suspensión no implica un perjuicio al interés social ni contraviene disposiciones de orden público y por el contrario, en caso de no otorgarse, se causarían perjuicios de difícil reparación.

Señala que en caso de que el delito que se le imputa amerite prisión preventiva, Gil White deberá quedar a disposición del juzgado de amparo desde el lugar en el que sea recluido y a disposición del juez de proceso para la continuación de éste.

Por otra parte, menciona que si el delito no amerita prisión preventiva el quejoso no podrá ser privado de su libertad y para evitar que evada la acción de la justicia, la impartidora de justicia le impuso una serie de medidas cautelares entre las que se encuentran: el pago de una garantía de 14 mil pesos.

Así como la obligación de presentarse ante la autoridad que libró la orden de aprehensión dentro de los tres días siguientes al que surta efectos la notificación, debiéndose acreditar ante el juzgado de amparo dentro de las 24 horas siguientes.

Foto: Forbes

Gonzalo Gil White, deberá acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el expediente correspondiente.

La impartidora de justicia advierte que en caso de que Gonzalo Gil no cumpla con estos requisitos o si es sorprendido en la comisión de flagrante delito, si el acto reclamado proviene de autoridades distintas a las señaladas como responsables o si los actos resultan ser distintos al que se reclaman, la suspensión será revocada.

Es de recordar que Gil White cuenta con otras dos órdenes de aprehensión, una por abuso de confianza por 160 millones de pesos y la otra por administración fraudulenta por 750 millones de pesos.

Esencialmente, los hechos consisten en que, derivado de la solicitud de concurso mercantil que ordenó presentar Gil White a nombre de Oro Negro, en septiembre de 2017, perdió facultades para administrar el patrimonio de Oro Negro y sus empresas subsidiarias, entre ellas Oro Negro Drilling, Pte Ltd.

De las investigaciones, se desprende que a sabiendas de que carecían de facultades para ello, Gonzalo Gil y socios transfirieron a un tercero 360 millones de pesos, en perjuicio del patrimonio de la empresa denunciante.

Una jueza federal le concedió la suspensión provisional a Gonzalo Gil White, hijo del ex secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz contra una nueva orden de aprehensión que se libró en su contra, luego de que el pasado mes de agosto un juez de Control con sede en la Ciudad de México libró la orden de aprehensión.

La jueza María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, le concedió la suspensión provisional a White y aunque en la orden de detención también se menciona a Carlos Enrique Williamson Nasi, Miguel Ángel Villegas Vargas y Cynthia Ann Delong, la suspensión provisional solo es para Gonzálo.

La jueza Núñez Solorio admitió a trámite de garantías y precisó que la concesión de la suspensión no implica un perjuicio al interés social ni contraviene disposiciones de orden público y por el contrario, en caso de no otorgarse, se causarían perjuicios de difícil reparación.

Señala que en caso de que el delito que se le imputa amerite prisión preventiva, Gil White deberá quedar a disposición del juzgado de amparo desde el lugar en el que sea recluido y a disposición del juez de proceso para la continuación de éste.

Por otra parte, menciona que si el delito no amerita prisión preventiva el quejoso no podrá ser privado de su libertad y para evitar que evada la acción de la justicia, la impartidora de justicia le impuso una serie de medidas cautelares entre las que se encuentran: el pago de una garantía de 14 mil pesos.

Así como la obligación de presentarse ante la autoridad que libró la orden de aprehensión dentro de los tres días siguientes al que surta efectos la notificación, debiéndose acreditar ante el juzgado de amparo dentro de las 24 horas siguientes.

Foto: Forbes

Gonzalo Gil White, deberá acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el expediente correspondiente.

La impartidora de justicia advierte que en caso de que Gonzalo Gil no cumpla con estos requisitos o si es sorprendido en la comisión de flagrante delito, si el acto reclamado proviene de autoridades distintas a las señaladas como responsables o si los actos resultan ser distintos al que se reclaman, la suspensión será revocada.

Es de recordar que Gil White cuenta con otras dos órdenes de aprehensión, una por abuso de confianza por 160 millones de pesos y la otra por administración fraudulenta por 750 millones de pesos.

Esencialmente, los hechos consisten en que, derivado de la solicitud de concurso mercantil que ordenó presentar Gil White a nombre de Oro Negro, en septiembre de 2017, perdió facultades para administrar el patrimonio de Oro Negro y sus empresas subsidiarias, entre ellas Oro Negro Drilling, Pte Ltd.

De las investigaciones, se desprende que a sabiendas de que carecían de facultades para ello, Gonzalo Gil y socios transfirieron a un tercero 360 millones de pesos, en perjuicio del patrimonio de la empresa denunciante.

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