/ miércoles 6 de febrero de 2019

Corte rechaza que IMSS pida examen de VIH para contrataciones

Pese a la condición para laboral al Instituto, avalaron que sí se realicen exámenes de este tipo a su personal una vez contratado

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consideró que si bien es discriminatorio que el Instituto Mexicano del Seguro Social, establezca como requisito para la contratación del personal médico la aplicación de exámenes de VIH/SIDA, avala que realicen exámenes de este tipo a su personal médico, siempre y cuando éstos no sean condicionantes para su contratación.

Al negar un amparo al IMSS, el ministro Alberto Pérez Dayán consideró que es discriminatorio que el seguro social establezca, como requisito para la contratación del personal médico, la aplicación de exámenes de VIH/SIDA. Ello, por tres razones básicas. La primera, porque exigir el examen de VIH como requisito para acceder al trabajo médico viola el derecho a la igualdad, pues permitiría negar el empleo a la persona, simplemente por su condición de salud, lo que está prohibido por el artículo 1 de nuestra Constitución.

Foto: Especial

Segundo, porque la práctica de exámenes de VIH/SIDA a los aplicantes no resulta necesario para proteger la salud de otras personas, pues si todavía no forman parte del personal médico, entonces no se justifica la invasión a la privacidad de los solicitantes, ya que en ese momento no deparan riesgo alguno para trabajadores ni pacientes.

Y finalmente porque la protección al derecho a la salud de cualquier manera se cumpliría con la posibilidad de realizar el examen de VIH/SIDA una vez que la persona haya sido contratada, ya que con ello se permite que las instituciones de salud tomen las medidas necesarias para que el VIH del trabajador no genere afectaciones en los pacientes o el propio personal.

Aprueban exámenes de VIH/SIDA después de contratación

No obstante, el ministro explica que sí es permitido que el IMSS u otras instituciones de salud, lleven a cabo exámenes de VIH/SIDA al personal médico, siempre y cuando se realicen de manera posterior a la contratación del profesional de salud y se cumplan con las obligaciones establecidas en una Norma Oficial Mexicana denominada “NOM-010-SSA2-1993”.

Por ello, dice los exámenes deben realizarse después de la contratación con el único fin de que implementen las medidas o protocolos de seguridad necesarias para evitar que el VIH del trabajador médico no sea un riesgo a la salud de los pacientes o del personal médico (por ejemplo, limitando en la posibilidad de que practique cirugías u otros procedimientos de riesgo, cuando ello sea necesario para proteger al paciente).

Ilustrativa. / Foto: Archivo OEM

De igual forma, no debe dar lugar al despido del trabajador, ya que el examen de VIH sólo debe practicarse en las especialidades, áreas médicas o actividades en las cuales, exista un riesgo razonable y objetivo de infección al personal o a los pacientes, conforme a la naturaleza del trabajo médico respectivo.

Advierte que los resultados de los exámenes, no deben ser publicados y sólo podrán ser del conocimiento de las personas y trabajadores que, estrictamente, sean responsables o corresponsables de la aplicación de las medidas necesarias para la protección de la salud del personal médico y los pacientes.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consideró que si bien es discriminatorio que el Instituto Mexicano del Seguro Social, establezca como requisito para la contratación del personal médico la aplicación de exámenes de VIH/SIDA, avala que realicen exámenes de este tipo a su personal médico, siempre y cuando éstos no sean condicionantes para su contratación.

Al negar un amparo al IMSS, el ministro Alberto Pérez Dayán consideró que es discriminatorio que el seguro social establezca, como requisito para la contratación del personal médico, la aplicación de exámenes de VIH/SIDA. Ello, por tres razones básicas. La primera, porque exigir el examen de VIH como requisito para acceder al trabajo médico viola el derecho a la igualdad, pues permitiría negar el empleo a la persona, simplemente por su condición de salud, lo que está prohibido por el artículo 1 de nuestra Constitución.

Foto: Especial

Segundo, porque la práctica de exámenes de VIH/SIDA a los aplicantes no resulta necesario para proteger la salud de otras personas, pues si todavía no forman parte del personal médico, entonces no se justifica la invasión a la privacidad de los solicitantes, ya que en ese momento no deparan riesgo alguno para trabajadores ni pacientes.

Y finalmente porque la protección al derecho a la salud de cualquier manera se cumpliría con la posibilidad de realizar el examen de VIH/SIDA una vez que la persona haya sido contratada, ya que con ello se permite que las instituciones de salud tomen las medidas necesarias para que el VIH del trabajador no genere afectaciones en los pacientes o el propio personal.

Aprueban exámenes de VIH/SIDA después de contratación

No obstante, el ministro explica que sí es permitido que el IMSS u otras instituciones de salud, lleven a cabo exámenes de VIH/SIDA al personal médico, siempre y cuando se realicen de manera posterior a la contratación del profesional de salud y se cumplan con las obligaciones establecidas en una Norma Oficial Mexicana denominada “NOM-010-SSA2-1993”.

Por ello, dice los exámenes deben realizarse después de la contratación con el único fin de que implementen las medidas o protocolos de seguridad necesarias para evitar que el VIH del trabajador médico no sea un riesgo a la salud de los pacientes o del personal médico (por ejemplo, limitando en la posibilidad de que practique cirugías u otros procedimientos de riesgo, cuando ello sea necesario para proteger al paciente).

Ilustrativa. / Foto: Archivo OEM

De igual forma, no debe dar lugar al despido del trabajador, ya que el examen de VIH sólo debe practicarse en las especialidades, áreas médicas o actividades en las cuales, exista un riesgo razonable y objetivo de infección al personal o a los pacientes, conforme a la naturaleza del trabajo médico respectivo.

Advierte que los resultados de los exámenes, no deben ser publicados y sólo podrán ser del conocimiento de las personas y trabajadores que, estrictamente, sean responsables o corresponsables de la aplicación de las medidas necesarias para la protección de la salud del personal médico y los pacientes.

Local

¿Quiénes son los candidatos independientes?

A cada uno de la asignarán 101 mil 049 pesos para que puedan difundir su imagen, realizar eventos proselitistas con la intención de posicionarse ante el electorado

Local

Sonora no está tomado por el crimen organizado: Adolfo Salazar

El Secretario de Gobierno asegura que se trabaja en la búsqueda de resultados positivos en materia de seguridad 

Local

Asociación de estudiantes pide solución al conflicto de huelga en la Unison

Como representantes del alumnado indicaron que comprenden la lucha del STEUS por los derechos laborales, pero piden que los estudiantes no se vean afectados

Local

Sonora tiene registro de ocho incendios forestales en 2024

Actualmente hay un incendio activo en la región de Yécora, informó Protección Civil Estatal

Local

Enjambre sísmico en el Mar de Cortés: se reportan 25 temblores

El Servicio Sismológico Nacional de México (SSN) ha reportado una serie de 25 temblores en en la zona desde el pasado martes 16 de abril

Local

Caen ventas de comerciantes aledaños al Parque Madero durante obras

Los comercios y vendedores ambulantes en los alrededores del Parque Madero, han visto sus ventas reducidas a consecuencia del proceso de remodelación