/ viernes 28 de junio de 2019

Interponen denuncias por falsificación de uniformes de la Guardia Nacional

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana informó que la falsificación es un delito sancionado con penas de multa y cárcel

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana reprueba categóricamente la falsificación y el uso indebido de uniformes e insignias de la Guardia Nacional.

La falsificación es un delito sancionado con penas de multa y cárcel. Se continuarán interponiendo denuncias penales ante la Fiscalía General de la República contra quienes falsifiquen o vendan ilegalmente vestimentas oficiales.

Es preciso reiterar que cualquier conducta que afecte la imagen y desempeño de la Guardia Nacional será investigada y castigada penalmente, de acuerdo con la legislación vigente:

El Artículo 32 de la Ley de la Guardia Nacional señala que: “los grados y las insignias de la Guardia Nacional no podrán ser usados por personas, corporaciones o dependencias ajenas a ellas. Quienes violen estas disposiciones quedarán sujetos a lo previsto en el Código Penal Federal”.

Asimismo, el Código Penal Federal, en su artículo 250 precisa que se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien utilice credenciales de servidor público, condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias o siglas a las que no tenga derecho. Multa que podrá aumentarse cuando sean de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas mexicanas o de alguna corporación policial.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana reprueba categóricamente la falsificación y el uso indebido de uniformes e insignias de la Guardia Nacional.

La falsificación es un delito sancionado con penas de multa y cárcel. Se continuarán interponiendo denuncias penales ante la Fiscalía General de la República contra quienes falsifiquen o vendan ilegalmente vestimentas oficiales.

Es preciso reiterar que cualquier conducta que afecte la imagen y desempeño de la Guardia Nacional será investigada y castigada penalmente, de acuerdo con la legislación vigente:

El Artículo 32 de la Ley de la Guardia Nacional señala que: “los grados y las insignias de la Guardia Nacional no podrán ser usados por personas, corporaciones o dependencias ajenas a ellas. Quienes violen estas disposiciones quedarán sujetos a lo previsto en el Código Penal Federal”.

Asimismo, el Código Penal Federal, en su artículo 250 precisa que se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien utilice credenciales de servidor público, condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias o siglas a las que no tenga derecho. Multa que podrá aumentarse cuando sean de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas mexicanas o de alguna corporación policial.

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