¿Eres asalariado? El SAT podría devolverte dinero

El Sol de Hermosillo

  · miércoles 21 de marzo de 2018

Maritza Mena | El Sol de Puebla

Los trabajadores asalariados pueden solicitar la devoluciónhasta del 15 por ciento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) porconceptos como gastos de honorarios médicos, dentales,psicológicos y de nutrición, informó el delegado en Puebla de laProcuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), CésarIván de la Torre Flores.

Dijo que la forma en la que las personas físicas pueden obtenerla devolución del impuesto es por medio de pagos a través decheques o por tarjeta de crédito o débito.

Sin embargo, explicó que aún existe resistencia por parte delos médicos para recibir los pagos a través de esta vía, pero elServicio de Administración Tributaria (SAT) busca la manera dehacer que los profesionales de la medicina cuenten con losmecanismos necesarios para realizar el cobro a través de estosmecanismos que pueden beneficiar a sus clientes.

Cuando el monto a deducir, explicó, es superior a 10 mil pesos,es necesario que las personas cuenten con la firma electrónica ycuando es menor a ese monto no es necesario.

“Los contribuyentes pueden deducir el gasto por la compra delentes ópticos graduados hasta por 2 mil 500 pesos, donativos, losintereses reales efectivamente pagados en un año por créditoshipotecarios, primas de seguros de gastos médicos y gastosfunerarios”, comentó en conferencia de prensa.

De la Torre informó que hasta el 30 de abril tienen laspersonas físicas para presentar su declaración anual de impuestosy están obligados todos aquellos que dejaron de prestar susservicios antes del 31 de diciembre del año pasado, los queobtuvieron ingresos de dos o más patrones de manerasimultánea.

También, los que tuvieron ingresos acumulables, percibieronentradas de empleadores no obligados a hacer retenciones como elcaso de los organismos internacionales, o que también recibieronpercepciones por jubilación, pensión, liquidación o algún tipode pensión laboral.

“En caso de que los asalariados hayan obtenido ingresossuperiores a los 400 mil pesos, exclusivamente por salarios de unsolo patrón, el cual emitió un CFDI –Comprobante FiscalDigital- de nómina, no tienen obligación de presentar ladeclaración anual, de igual forma, están exentos quienes hayanobtenido ingresos por intereses nominales hasta por 20 milpesos”, destacó el funcionario federal.

/afa

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