/ sábado 3 de septiembre de 2022

Canirac propone modificar la ley en el tema de conducción punible

Aseguran que debería homologarse con la de otros estados y con la de Estados Unidos y Canadá

Con la presencia de personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en operativos de alcoholimetría por parte de la Policía Municipal de Hermosillo, han equilibrado las circunstancias en beneficio de la ciudadanía, raíz de la denuncia interpuesta por la Barra Sonorense de Abogados y la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac) en Sonora, consideró Manuel Lira Valenzuela.

El dirigente del organismo empresarial recordó que, a principios de agosto, tanto el gremio restaurantero como de abogados en Hermosillo, acudieron a la CEDH para solicitar su presencia en los filtros de control de alcoholimetría, pues al no haber contrapesos, podrían derivar en actos de corrupción, lo que al mismo tiempo afecta las ventas de bares, cantinas y restaurantes.

“La Policía era juez y parte, no había un contrapeso que de alguna manera observara cuál era el proceder y el comportamiento de los oficiales, creo yo que esa parte ya quedó saldada… Por otro lado, es muy claro que en lo que va del año, el tema de accidentes por conducción punible no llega ni siquiera al 1 por ciento”, comentó.

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Sin embargo, el líder del gremio restaurantero precisó que el tema de interés es que el que el Departamento de Tránsito dictamina que conducir con más de 0.04 gramos de alcohol por 210 litros de aire exhalado califica como conducir en estado de ebriedad.

César Duarte informó que los filtros de alcoholímetro en Hermosillo están afectando a los clientes de establecimientos nocturnos / Foto: Carlos Villalba | El Sol de Hermosillo

“Es decir, con 0.05 gramos ya califica como conducir en estado de ebriedad, pero para que tengan una idea, esa cantidad es igual a dos o tres cervezas. Entonces los oficiales se respaldan en ella porque así lo califica la ley; entonces yo creo que el fondo es cambiar la ley. Sin embargo, en temas de movilidad, el Congreso de la Unión a nivel federal ha propuesto bajar el estándar a 0.02 gramos, todavía más baja que la que tenemos”, observó.

El empresario y líder gremial señaló que en varias ocasiones los filtros de alcoholimetría se han prestado para actos de corrupción y aunque la CEDH ha mitigado esta situación, no quiere decir que el problema deje de presentarse de manera definitiva y menos aún si se reduce el límite.

“Aquí hay un factor importante que será modificar a la ley. Nuestra sugerencia es que se homologue a otros estados de la República, incluso a Estados Unidos y Canadá, donde se maneja el 0.08, que es una poca más de tolerancia para que la gente pueda salir a disfrutar sin infringir la ley, como está sucediendo en todo el estado. Esto es un punto complicado”, dijo.

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Asimismo, puntualizó que con base en la Carta Magna, ningún agente de Policía puede manipular un alcoholímetro, pues solamente deberá hacerlo el médico legista con el consentimiento expreso de la persona sometida a la prueba, la cual incluso puede sujetarse a otro tipo de métodos más convencionales, como pruebas de equilibrio y coordinación, con las cuales el médico podría determinar si se encuentra en estado inconveniente para conducir o no.

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Con la presencia de personal de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en operativos de alcoholimetría por parte de la Policía Municipal de Hermosillo, han equilibrado las circunstancias en beneficio de la ciudadanía, raíz de la denuncia interpuesta por la Barra Sonorense de Abogados y la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y de Alimentos Condimentados (Canirac) en Sonora, consideró Manuel Lira Valenzuela.

El dirigente del organismo empresarial recordó que, a principios de agosto, tanto el gremio restaurantero como de abogados en Hermosillo, acudieron a la CEDH para solicitar su presencia en los filtros de control de alcoholimetría, pues al no haber contrapesos, podrían derivar en actos de corrupción, lo que al mismo tiempo afecta las ventas de bares, cantinas y restaurantes.

“La Policía era juez y parte, no había un contrapeso que de alguna manera observara cuál era el proceder y el comportamiento de los oficiales, creo yo que esa parte ya quedó saldada… Por otro lado, es muy claro que en lo que va del año, el tema de accidentes por conducción punible no llega ni siquiera al 1 por ciento”, comentó.

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Sin embargo, el líder del gremio restaurantero precisó que el tema de interés es que el que el Departamento de Tránsito dictamina que conducir con más de 0.04 gramos de alcohol por 210 litros de aire exhalado califica como conducir en estado de ebriedad.

César Duarte informó que los filtros de alcoholímetro en Hermosillo están afectando a los clientes de establecimientos nocturnos / Foto: Carlos Villalba | El Sol de Hermosillo

“Es decir, con 0.05 gramos ya califica como conducir en estado de ebriedad, pero para que tengan una idea, esa cantidad es igual a dos o tres cervezas. Entonces los oficiales se respaldan en ella porque así lo califica la ley; entonces yo creo que el fondo es cambiar la ley. Sin embargo, en temas de movilidad, el Congreso de la Unión a nivel federal ha propuesto bajar el estándar a 0.02 gramos, todavía más baja que la que tenemos”, observó.

El empresario y líder gremial señaló que en varias ocasiones los filtros de alcoholimetría se han prestado para actos de corrupción y aunque la CEDH ha mitigado esta situación, no quiere decir que el problema deje de presentarse de manera definitiva y menos aún si se reduce el límite.

“Aquí hay un factor importante que será modificar a la ley. Nuestra sugerencia es que se homologue a otros estados de la República, incluso a Estados Unidos y Canadá, donde se maneja el 0.08, que es una poca más de tolerancia para que la gente pueda salir a disfrutar sin infringir la ley, como está sucediendo en todo el estado. Esto es un punto complicado”, dijo.

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Asimismo, puntualizó que con base en la Carta Magna, ningún agente de Policía puede manipular un alcoholímetro, pues solamente deberá hacerlo el médico legista con el consentimiento expreso de la persona sometida a la prueba, la cual incluso puede sujetarse a otro tipo de métodos más convencionales, como pruebas de equilibrio y coordinación, con las cuales el médico podría determinar si se encuentra en estado inconveniente para conducir o no.

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