Aguinaldos no podrán reducirse, pese a la pandemia

El presidente de la JLCyA señaló que aunque las empresas han tenido afectaciones por la emergencia sanitaria, el pago de ley no debe ser menor a 15 días

Roberto Bahena | El Sol de Hermosillo

  · jueves 3 de diciembre de 2020

Foto: Carlos Villalba | El Sol de Hermosillo

Aunque hay empresas que han tenido afectaciones económicas durante la contingencia sanitaria por Covid-19 en Sonora, no podrán pagar menos de lo que la ley establece para los aguinaldos de sus empleados.

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Una de las fechas más esperadas por los empleados de las diferentes ramas en México y por supuesto en Sonora, ocurre en el mes de diciembre, cuando se le entrega su aguinaldo, prestación de trabajo que se le da a manera de remuneración por los servicios prestados durante el año, pero 2020 es atípico.

Jorge Clausen Marín, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, afirmó que los montos que deberán entregar las empresas que redujeron el salario a sus empleados durante los meses críticos de la contingencia sanitaria por Covid-19, es algo que se debe revisar, pues es algo inédito.

"Nos estamos topando con algo que nunca había pasado, que ni siquiera la Ley Federal del Trabajo está preparada para advertir todo esto; si nos vamos al texto exacto de la ley, no debería haber reducciones, sin embargo, nos encontramos ante algo inédito que no fue culpa ni del patrón ni del trabajador, son cuestiones mundiales y ahí yo creo que las autoridades no verían mal algún tipo de acuerdo, siempre y cuando no sea menor a lo que marca la ley", aseveró.

Sin embargo, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que las empresas deben de entregar a sus empleados por lo menos 15 días de salarios o su equivalente según el tiempo laborado, antes del 20 de diciembre; aunque por medio de contratos individuales o contratos colectivos hay empresas que pagan incluso más.

Foto: Mike Acosta | El Sol de Hermosillo

"A quienes les pagan 20, 30 días de salario de aguinaldo, a la mejor ellos sí podrían ajustar, por está única ocasión, pero no menos de 15 días y no se puede contabilizar a menor del salario mínimo, porque eso sí sería totalmente ilegal. Pero habría que analizar cada caso en particular", subrayó.

Para esto las empresas deben llegar a acuerdos con sus empleados y sacar un promedio de lo que se ganó durante el año y de ahí sacar un promedio para el pago de aguinaldo por esta ocasión como opción, comentó, pero son varias fórmulas las que se pueden sacar para cumplir con esta obligación de ley.

"Lo pueden pagar válidamente el día 30 de noviembre, cualquier día que sea antes del 20 de diciembre...La naturaleza del aguinaldo es una entrada extra para solventar los gastos propios de la temporada navideña, por eso generalmente de paga en diciembre, pero hay algunas otras empresas que lo pagaron en el Buen Fin o adelantaron una parte para que pudieran hacer uso de él", comentó.

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Asimismo, hay otras empresas que no pueden por su situación financiera hacer adelantos o que sus políticas internas no lo permiten, manifestó el funcionario, mismas que deberán de entregarlo íntegro antes del 20 de diciembre.