/ domingo 29 de octubre de 2023

El Ayuntamiento ha hecho 8 subastas: de chatarra y terrenos

El Ayuntamiento informó que básicamente se deshacen de vehículos no aptos para circulación y terrenos que el municipio no necesita

De acuerdo con información proporcionada por el área de Sindicatura Municipal, que es la encargada de realizar los procesos de subastas de bienes muebles e inmuebles por parte del Ayuntamiento de Hermosillo, en los dos años que lleva la administración municipal actual se han realizado ocho subastas, principalmente de vehículos en condiciones de chatarra.

Zaira Fernández Morales, titular de Sindicatura Municipal informó que en 2021 se llevó a cabo la subasta de un vehículo; en 2022 se subastaron tres unidades automotrices y una más en lo que va de 2023. Además de ello, en lo que va del año también se han realizado tres pujas de inmuebles, aunque estas se declararon desiertas, al no haber postores.

Los bienes que se han subastado, dijo, han sido vehículos chatarra no aptos para circulación, que se venden en lotes y no por unidad, ya que generalmente los adquieren los chatarreros o recicladoras.

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En cuanto a la importancia de realizar este tipo de acciones, apuntó que son necesarias, ya que es importante que el municipio se deshaga de artículos que ya no requiere, como lo son las unidades automotrices que ya se encuentran en condición de chatarra.

Por otro lado, en el caso de los terrenos, algunos entran a dominio del municipio por donación en pago por adeudos de predial y, en ese sentido, es necesario recuperar los recursos que no percibió el municipio.

Zaira Fernández es síndica municipal en Hermosillo / Foto: Cecilia Saijas | El Sol de Hermosillo

“Hay otros terrenos que entran por equipamientos o donaciones y en ocasiones es para ampliar vialidades que requiere el municipio por desarrollo y crecimiento propio de la ciudad y que se tienen que negociar con particulares, como el caso para la ampliación del bulevar Las Quintas”, externó.

¿Qué más se hace con los recursos?

Cabe mencionar que cuando la venta se trata de un equipamiento, el dinero se va a la cuenta del Fondo del Suelo, que es administrada por el Comité Técnico del Fondo del Suelo.

Esto sirve para adquirir suelo destinado a la liberación de los derechos de vía, establecimiento de espacios públicos verdes y material para su mantenimiento, además de la creación de equipamientos urbanos conformadores de unidades territoriales, mientras que por la venta del resto de inmuebles como pueden ser las unidades chatarra, el dinero se va a la cuenta corriente.

Importante que se mantenga la transparencia

Ante este tipo de procedimientos legales de los que puede aplicar el ayuntamiento, la organización Hermosillo ¿Cómo Vamos?, considera que una subasta depende de los artículos o bienes de los cuales quiera separarse el municipio, ya que muchas veces se ve desde la perspectiva de los ingresos que se generan.

Al respecto, Ernesto Urbina Mirada, director de la organización, indicó que en términos de quién decide, se hace la subasta para la enajenación de bienes.

“Se tiene entendido de que sale a propuesta del gobierno municipal que es un trabajo que palomea el propio alcalde a propuesta de su gabinete, donde se involucran varias dependencias como pueden ser la Tesorería, Sindicatura, IMPLAN entre otras más y pasa a Cabildo por el tema de enajenación de bienes”, expresó.

Urbina Miranda señaló que es importante que las autoridades municipales informen adecuadamente sobre estos procesos y que se mantenga total transparencia sobre los recursos obtenidos y el fin que estos tendrán para la mejora de espacios en la ciudad, en favor de los hermosillenses.

¿Cómo funciona el proceso de una subasta?

Una subasta, de acuerdo con información oficial consiste en ofrecer mercancía con un precio de salida y mediante pujas, por lo que quien hace la mejor oferta con mayor cantidad de recursos económicos en este caso, se queda con el bien –producto- que fue puesto en el proceso de enajenación, lo cual es común ver en las administraciones públicas federales, estatales y municipales.

Una subasta pública es un proceso de venta de bienes o servicios donde compradores compiten por el precio más alto a través de ofertas en público, mismas que se pueden llevar a cabo en un lugar físico o a través de Internet, y están abiertas a cualquier persona interesada en participar, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.

En ese sentido, se tiene que en la actual administración municipal se aplica dicho procedimiento legal de enajenación de bienes muebles e inmuebles, que se contempla en el Artículo 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, para lo cual actualmente también se utiliza el portal electrónico de www.subastasyventadirecta.com, y en donde el interesado además tiene la obligación de hacer un depósito económico para participar.

Por tal motivo, se tiene que la enajenación onerosa de bienes muebles e inmuebles de los municipios deberá ser de contado, se efectuará en subasta pública que garantice al Municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio de venta.

Proceso por seguir para una subasta

Se pide autorización al Cabildo para llevar a cabo la enajenación onerosa de los bienes y esté autorizada la venta mediante subasta pública, y luego ordena la publicación de la convocatoria correspondiente de acuerdo con la ley.

El tablero de avisos del ayuntamiento se coloca en un lugar público y asiduo, como el Mercado Municipal / Foto: Edith Cota | Colaboradora

En ese sentido, se publica la Convocatoria que contiene la fecha y bases para su realización en el Portal electrónico del Ayuntamiento, así como en el tablero de avisos del municipio y en un lugar concurrido, por lo que generalmente se publica en el Mercado Municipal número Uno.

Dentro de este proceso legal, se cita para esa fecha a un Notario Público y la intervención de la Contraloría Municipal, por lo que el día del arranque se reciben las ofertas y quien haga la más alta resulta ser el ganador.

Es en ese momento que la Síndica levanta un acta circunstanciada de hechos y declara fincado el remate, para posteriormente, con fundamento en la fracción III del artículo 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y VIII del artículo 16 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento, someter a aprobación del Cabildo el fincamiento del remate.

Esto con el objeto de que ordene la entrega del documento justificativo de propiedad al ganador que hizo la mejor propuesta financiera del bien que se está rematando.

Ejemplo de subasta del Ayuntamiento

De acuerdo con los procedimientos que se desarrollan e implementan para una subasta, la administración tiene la obligación de hacer una publicación de este tipo, tal y como se hizo en días pasados.

“El H. Ayuntamiento de Hermosillo, en cumplimiento a los acuerdos tomados en las siguientes Sesiones de Cabildo: en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 de septiembre de 2022 según consta en acta número 28 un total de tres inmuebles, y en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de junio de 2023 según consta en acta número 43 un total de 11 inmuebles; y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 fracción XI, 71, 195, 198 y 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 15, 16 y 29 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles”.

Foto: Carlos Villalba | El Sol de Hermosillo

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Por tal motivo el Ayuntamiento convoca a las personas físicas o morales a participar como postores en el proceso de enajenación onerosa de 10 bienes inmuebles, terrenos propiedad del Municipio de Hermosillo, mediante el procedimiento de subasta pública electrónica en la página www.subastasyventadirecta.com.

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De acuerdo con información proporcionada por el área de Sindicatura Municipal, que es la encargada de realizar los procesos de subastas de bienes muebles e inmuebles por parte del Ayuntamiento de Hermosillo, en los dos años que lleva la administración municipal actual se han realizado ocho subastas, principalmente de vehículos en condiciones de chatarra.

Zaira Fernández Morales, titular de Sindicatura Municipal informó que en 2021 se llevó a cabo la subasta de un vehículo; en 2022 se subastaron tres unidades automotrices y una más en lo que va de 2023. Además de ello, en lo que va del año también se han realizado tres pujas de inmuebles, aunque estas se declararon desiertas, al no haber postores.

Los bienes que se han subastado, dijo, han sido vehículos chatarra no aptos para circulación, que se venden en lotes y no por unidad, ya que generalmente los adquieren los chatarreros o recicladoras.

Puede interesarte:

En cuanto a la importancia de realizar este tipo de acciones, apuntó que son necesarias, ya que es importante que el municipio se deshaga de artículos que ya no requiere, como lo son las unidades automotrices que ya se encuentran en condición de chatarra.

Por otro lado, en el caso de los terrenos, algunos entran a dominio del municipio por donación en pago por adeudos de predial y, en ese sentido, es necesario recuperar los recursos que no percibió el municipio.

Zaira Fernández es síndica municipal en Hermosillo / Foto: Cecilia Saijas | El Sol de Hermosillo

“Hay otros terrenos que entran por equipamientos o donaciones y en ocasiones es para ampliar vialidades que requiere el municipio por desarrollo y crecimiento propio de la ciudad y que se tienen que negociar con particulares, como el caso para la ampliación del bulevar Las Quintas”, externó.

¿Qué más se hace con los recursos?

Cabe mencionar que cuando la venta se trata de un equipamiento, el dinero se va a la cuenta del Fondo del Suelo, que es administrada por el Comité Técnico del Fondo del Suelo.

Esto sirve para adquirir suelo destinado a la liberación de los derechos de vía, establecimiento de espacios públicos verdes y material para su mantenimiento, además de la creación de equipamientos urbanos conformadores de unidades territoriales, mientras que por la venta del resto de inmuebles como pueden ser las unidades chatarra, el dinero se va a la cuenta corriente.

Importante que se mantenga la transparencia

Ante este tipo de procedimientos legales de los que puede aplicar el ayuntamiento, la organización Hermosillo ¿Cómo Vamos?, considera que una subasta depende de los artículos o bienes de los cuales quiera separarse el municipio, ya que muchas veces se ve desde la perspectiva de los ingresos que se generan.

Al respecto, Ernesto Urbina Mirada, director de la organización, indicó que en términos de quién decide, se hace la subasta para la enajenación de bienes.

“Se tiene entendido de que sale a propuesta del gobierno municipal que es un trabajo que palomea el propio alcalde a propuesta de su gabinete, donde se involucran varias dependencias como pueden ser la Tesorería, Sindicatura, IMPLAN entre otras más y pasa a Cabildo por el tema de enajenación de bienes”, expresó.

Urbina Miranda señaló que es importante que las autoridades municipales informen adecuadamente sobre estos procesos y que se mantenga total transparencia sobre los recursos obtenidos y el fin que estos tendrán para la mejora de espacios en la ciudad, en favor de los hermosillenses.

¿Cómo funciona el proceso de una subasta?

Una subasta, de acuerdo con información oficial consiste en ofrecer mercancía con un precio de salida y mediante pujas, por lo que quien hace la mejor oferta con mayor cantidad de recursos económicos en este caso, se queda con el bien –producto- que fue puesto en el proceso de enajenación, lo cual es común ver en las administraciones públicas federales, estatales y municipales.

Una subasta pública es un proceso de venta de bienes o servicios donde compradores compiten por el precio más alto a través de ofertas en público, mismas que se pueden llevar a cabo en un lugar físico o a través de Internet, y están abiertas a cualquier persona interesada en participar, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.

En ese sentido, se tiene que en la actual administración municipal se aplica dicho procedimiento legal de enajenación de bienes muebles e inmuebles, que se contempla en el Artículo 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, para lo cual actualmente también se utiliza el portal electrónico de www.subastasyventadirecta.com, y en donde el interesado además tiene la obligación de hacer un depósito económico para participar.

Por tal motivo, se tiene que la enajenación onerosa de bienes muebles e inmuebles de los municipios deberá ser de contado, se efectuará en subasta pública que garantice al Municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio de venta.

Proceso por seguir para una subasta

Se pide autorización al Cabildo para llevar a cabo la enajenación onerosa de los bienes y esté autorizada la venta mediante subasta pública, y luego ordena la publicación de la convocatoria correspondiente de acuerdo con la ley.

El tablero de avisos del ayuntamiento se coloca en un lugar público y asiduo, como el Mercado Municipal / Foto: Edith Cota | Colaboradora

En ese sentido, se publica la Convocatoria que contiene la fecha y bases para su realización en el Portal electrónico del Ayuntamiento, así como en el tablero de avisos del municipio y en un lugar concurrido, por lo que generalmente se publica en el Mercado Municipal número Uno.

Dentro de este proceso legal, se cita para esa fecha a un Notario Público y la intervención de la Contraloría Municipal, por lo que el día del arranque se reciben las ofertas y quien haga la más alta resulta ser el ganador.

Es en ese momento que la Síndica levanta un acta circunstanciada de hechos y declara fincado el remate, para posteriormente, con fundamento en la fracción III del artículo 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y VIII del artículo 16 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento, someter a aprobación del Cabildo el fincamiento del remate.

Esto con el objeto de que ordene la entrega del documento justificativo de propiedad al ganador que hizo la mejor propuesta financiera del bien que se está rematando.

Ejemplo de subasta del Ayuntamiento

De acuerdo con los procedimientos que se desarrollan e implementan para una subasta, la administración tiene la obligación de hacer una publicación de este tipo, tal y como se hizo en días pasados.

“El H. Ayuntamiento de Hermosillo, en cumplimiento a los acuerdos tomados en las siguientes Sesiones de Cabildo: en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 de septiembre de 2022 según consta en acta número 28 un total de tres inmuebles, y en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de junio de 2023 según consta en acta número 43 un total de 11 inmuebles; y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 fracción XI, 71, 195, 198 y 202 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 15, 16 y 29 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles”.

Foto: Carlos Villalba | El Sol de Hermosillo

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