/ martes 3 de agosto de 2021

Ley Federal del Trabajo garantiza utilidades de mineros

Javier Villarreal, líder de la CTM en Sonora, asegura que el reparto de utilidades de 2022 será significativo para estos obreros

Luego de la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, el 10% de utilidades para trabajadores mineros de Grupo México en Cananea quedará garantizado tras las reformas a la Ley Federal del Trabajo para prohibir la subcontratación de empresas, donde se limitaron estos beneficios para los trabajadores, afirmó Javier Villarreal Gámez.

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El dirigente estatal de la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) en Sonora informó que, tras la adhesión de la fracción octava al artículo 127 de la Ley Federal de Trabajo, el reparto de utilidades para trabajadores se ha limitado a dos opciones: tres meses de salario promedio o al promedio de ganancias de los últimos tres años, lo que beneficie mejor al empleado.

“Sin embargo, como ha subido el precio del cobre, el promedio de los últimos tres años iba a quedar muy abajo del 10% que establece la Comisión Nacional para el Reparto de Utilidades. Aquí estamos ante un conflicto de leyes porque la reforma como que se hizo muy rápido y no se consideró que hay una disposición constitucional”, comentó.

Dicha disposición, señaló Villarreal Gámez, se encuentra en el artículo 123 de la Constitución de México que establece en su fracción novena que el reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores y que, para definir el porcentaje, se establecerá una comisión nacional, la cual se reunió hace dos años para ratificar el 10% como obligación para empresas y derecho para los trabajadores.

“Ante ese conflicto dentro de la misma ley, hay un artículo, que es el 18 de la Ley Federal de Trabajo, dice que ante la duda, siempre se aplicará lo que más beneficie al trabajador. Nosotros presentamos un amparo, estamos esperando que la justicia federal atienda la demanda de amparo porque creemos que es ilegal e inconstitucional esta reforma para topar las utilidades”, agregó.

De tal forma, ya que esto se dio en medio de la revisión federal al contrato colectivo de trabajo, se planteó que la empresa aceptara una nueva cláusula donde se garantizara el 10% en el reparto de utilidades, situación que al principio no aceptó, pero que tras algunas reuniones con el presidente Andrés Manuel López Obrador y otras autoridades, accedió.

“El punto de convenio dice que empresa y sindicato están de acuerdo en que si, y sólo si, el 10% de las utilidades que se obtengan en el ejercicio 2021 rebasa los criterios establecidos en la Ley Federal de Trabajo, relativos a 90 días de trabajo o al promedio de la participación recibida en los últimos tres años, las partes acordarán en el mes de abril próximo como comenzar en mayo del 2020 dicha cantidad diferencial a los trabajadores”, aseguró.

Foto: Ilustrativa

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De tal manera, en mayo del 2022, la empresa entregará una compensación entre la diferencia de los últimos tres años y el 10%, por lo que al subir los precios del cobre, se espera que las utilidades sean al menos 50% mayores a las del año pasado.

Luego de la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, el 10% de utilidades para trabajadores mineros de Grupo México en Cananea quedará garantizado tras las reformas a la Ley Federal del Trabajo para prohibir la subcontratación de empresas, donde se limitaron estos beneficios para los trabajadores, afirmó Javier Villarreal Gámez.

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El dirigente estatal de la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) en Sonora informó que, tras la adhesión de la fracción octava al artículo 127 de la Ley Federal de Trabajo, el reparto de utilidades para trabajadores se ha limitado a dos opciones: tres meses de salario promedio o al promedio de ganancias de los últimos tres años, lo que beneficie mejor al empleado.

“Sin embargo, como ha subido el precio del cobre, el promedio de los últimos tres años iba a quedar muy abajo del 10% que establece la Comisión Nacional para el Reparto de Utilidades. Aquí estamos ante un conflicto de leyes porque la reforma como que se hizo muy rápido y no se consideró que hay una disposición constitucional”, comentó.

Dicha disposición, señaló Villarreal Gámez, se encuentra en el artículo 123 de la Constitución de México que establece en su fracción novena que el reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores y que, para definir el porcentaje, se establecerá una comisión nacional, la cual se reunió hace dos años para ratificar el 10% como obligación para empresas y derecho para los trabajadores.

“Ante ese conflicto dentro de la misma ley, hay un artículo, que es el 18 de la Ley Federal de Trabajo, dice que ante la duda, siempre se aplicará lo que más beneficie al trabajador. Nosotros presentamos un amparo, estamos esperando que la justicia federal atienda la demanda de amparo porque creemos que es ilegal e inconstitucional esta reforma para topar las utilidades”, agregó.

De tal forma, ya que esto se dio en medio de la revisión federal al contrato colectivo de trabajo, se planteó que la empresa aceptara una nueva cláusula donde se garantizara el 10% en el reparto de utilidades, situación que al principio no aceptó, pero que tras algunas reuniones con el presidente Andrés Manuel López Obrador y otras autoridades, accedió.

“El punto de convenio dice que empresa y sindicato están de acuerdo en que si, y sólo si, el 10% de las utilidades que se obtengan en el ejercicio 2021 rebasa los criterios establecidos en la Ley Federal de Trabajo, relativos a 90 días de trabajo o al promedio de la participación recibida en los últimos tres años, las partes acordarán en el mes de abril próximo como comenzar en mayo del 2020 dicha cantidad diferencial a los trabajadores”, aseguró.

Foto: Ilustrativa

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De tal manera, en mayo del 2022, la empresa entregará una compensación entre la diferencia de los últimos tres años y el 10%, por lo que al subir los precios del cobre, se espera que las utilidades sean al menos 50% mayores a las del año pasado.

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