/ miércoles 13 de mayo de 2020

Covid-19 "llega" a cajetillas de cigarros para advertir riesgos por fumar

"Fumar puede agravar el daño por Covid-19", se leerá en las cajetillas de cigarros de acuerdo a lo publicado por la Ssa en el Diario Oficial de la Federación

"Fumar puede agravar el daño por Covid-19", se leerá en las cajetillas de cigarros de acuerdo a lo publicado por la Secretaría de Salud (Ssa) en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En el acuerdo se establecen las leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberán tener todos los paquetes de productos de tabaco y en empaquetado y etiquetado externo de los mismos, que se aplicará a partir del 1 de junio de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021.

La Ssa sostiene que las cajetillas de cigarros deben advertir que fumar puede producir afectaciones entre las que destacan por coronavirus y diabetes, mismas que deben aparecer a partir del 1 de diciembre de este año.

Las leyes incluyen: "Fumar puede agravar el daño por Covid-19" y "Secretaría de Salud informa: el humo del tabaco daña los vasos sanguíneos produciendo coágulos y accidentes cerebro vasculares repentinos".

También se alerta que fumar es causa de diabetes, pues "las personas que consumen tabaco tienen de 30 por ciento a 40 por ciento más probabilidades de padecer diabetes tipo 2 que aquellas que no lo consumen".

El acuerdo publicado enfatiza que los productos de tabaco que al usarse o consumirse no generen humo, deberán incluir en el 100 por ciento de la superficie de una de las caras laterales de todos los paquetes que se hayan producido, fabricado o importado y que sean distribuidos dentro del territorio nacional, las leyendas previstas.

El Anexo 1 del presente acuerdo deja sin efectos el texto vigente a partir del 1 de diciembre de 2017 y hasta el 31 de mayo de 2020 y sustituye en alcance y contenido al acuerdo publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2009.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, "no se va a privilegiar una marca sobre otra", por lo que los mensajes sanitarios deberán figurar en igualdad de proporción en cada marca de productos de tabaco que se fabrique, produzca o importe y que sea distribuido dentro del territorio nacional.


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"Fumar puede agravar el daño por Covid-19", se leerá en las cajetillas de cigarros de acuerdo a lo publicado por la Secretaría de Salud (Ssa) en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En el acuerdo se establecen las leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que deberán tener todos los paquetes de productos de tabaco y en empaquetado y etiquetado externo de los mismos, que se aplicará a partir del 1 de junio de 2020 y hasta el 30 de noviembre de 2021.

La Ssa sostiene que las cajetillas de cigarros deben advertir que fumar puede producir afectaciones entre las que destacan por coronavirus y diabetes, mismas que deben aparecer a partir del 1 de diciembre de este año.

Las leyes incluyen: "Fumar puede agravar el daño por Covid-19" y "Secretaría de Salud informa: el humo del tabaco daña los vasos sanguíneos produciendo coágulos y accidentes cerebro vasculares repentinos".

También se alerta que fumar es causa de diabetes, pues "las personas que consumen tabaco tienen de 30 por ciento a 40 por ciento más probabilidades de padecer diabetes tipo 2 que aquellas que no lo consumen".

El acuerdo publicado enfatiza que los productos de tabaco que al usarse o consumirse no generen humo, deberán incluir en el 100 por ciento de la superficie de una de las caras laterales de todos los paquetes que se hayan producido, fabricado o importado y que sean distribuidos dentro del territorio nacional, las leyendas previstas.

El Anexo 1 del presente acuerdo deja sin efectos el texto vigente a partir del 1 de diciembre de 2017 y hasta el 31 de mayo de 2020 y sustituye en alcance y contenido al acuerdo publicado en el DOF el 24 de diciembre de 2009.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, "no se va a privilegiar una marca sobre otra", por lo que los mensajes sanitarios deberán figurar en igualdad de proporción en cada marca de productos de tabaco que se fabrique, produzca o importe y que sea distribuido dentro del territorio nacional.


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