/ sábado 24 de febrero de 2024

Voz de vuelta | Trabajadores del arte

Ocupados en la gestión cultural, administración y creación, en llenar y llenar formatos de convocatorias para acceder a recursos públicos o privados y para ser invitados en festivales, las y los artistas quizás no se habían dado cuenta que no estaban incluidos con precisión, en la Ley del Trabajo, desde hace 12 años. Quizás...

El pasado 20 de febrero, con 67 votos a favor, siete en contra y 10 abstenciones, se aprobó el dictamen por las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, en materia de derechos laborales de personas trabajadoras del arte. El proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados.

Resulta que la Ley Federal del Trabajo, sólo contemplaba a actores y músicos desde 2012, “resultado de un proceso de negociación y diálogo entre diferentes actores, incluyendo legisladores, representantes del sector empresarial y sindical, y organizaciones de artistas”.

En la iniciativa presentada por Susana Harp y Alejandro Armenta, se dibuja el escenario actual en materia de justicia laboral y el insuficiente reconocimiento jurídico de las diversas profesiones de arte que generan ingresos y abonan sustancialmente en el desarrollo educativo, social y económico de nuestro país.

Las formas de contratación en México que se enumeran en esta iniciativa son la subordinada o dependiente (la menos común); la independiente o por cuenta propia, que implica autoorganización, bajo el esquema de prestación de servicios profesionales y la autogestiva o cooperativa, para generar proyectos propios que se puedan comercializar. En estas tres formas, advierten, el contexto generalizado es “esporádico, eventual, estacional, inseguro y precario”. ¿Les suena conocido? Aunado a ello, no cuentan con seguridad social ni seguro contra accidentes y si los tienen, suelen estar limitados al tiempo de duración del trabajo.

Entre múltiples referencias a pactos, convenciones y declaraciones sobre derechos culturales, citan a la investigadora independiente, Karla María Álvarez, en su libro “Danza, trabajo, creación y precariedad”. Ella plantea tres aspectos que caracterizan la precariedad laboral: 1) inseguridad por contratos que cumplen parcialmente o evaden sistemas de seguridad social y de derechos laborales; 2) flexibilidad, se refiere a la inestabilidad e incertidumbre provocada por empleos de tiempo parcial, contratos a corto plazo o autoempleo y 3) vulnerabilidad económica, bajos salarios como consecuencia de las estrategias de minimización de costos y de la flexibilización de los empleos.

Este tema da para muchos replanteamientos en el sector artístico; con sus excepciones, una gran mayoría se ha dedicado a resolver el día a día, asumiendo muchos riesgos y costos en el curso de los años. ¿Cuándo se verán cambios? ¿Cómo hacer efectivas las modificaciones a esta ley en caso de aprobarse? ¿Cuál es la experiencia de los artistas con trayectoria? ¿Ha cambiado su estabilidad laboral con los años? ¿Las nuevas generaciones están dispuestas a lidiar con los vacíos jurídicos que les garantice sus derechos laborales? Espero que podamos encontrar algunas respuestas en la próxima edición web del suplemento cultural “Paréntesis”, aquí en El Sol de Hermosillo.

Si quieren conocer el dictamen, pueden hacerlo aquí.

Ocupados en la gestión cultural, administración y creación, en llenar y llenar formatos de convocatorias para acceder a recursos públicos o privados y para ser invitados en festivales, las y los artistas quizás no se habían dado cuenta que no estaban incluidos con precisión, en la Ley del Trabajo, desde hace 12 años. Quizás...

El pasado 20 de febrero, con 67 votos a favor, siete en contra y 10 abstenciones, se aprobó el dictamen por las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, en materia de derechos laborales de personas trabajadoras del arte. El proyecto de decreto fue remitido a la Cámara de Diputados.

Resulta que la Ley Federal del Trabajo, sólo contemplaba a actores y músicos desde 2012, “resultado de un proceso de negociación y diálogo entre diferentes actores, incluyendo legisladores, representantes del sector empresarial y sindical, y organizaciones de artistas”.

En la iniciativa presentada por Susana Harp y Alejandro Armenta, se dibuja el escenario actual en materia de justicia laboral y el insuficiente reconocimiento jurídico de las diversas profesiones de arte que generan ingresos y abonan sustancialmente en el desarrollo educativo, social y económico de nuestro país.

Las formas de contratación en México que se enumeran en esta iniciativa son la subordinada o dependiente (la menos común); la independiente o por cuenta propia, que implica autoorganización, bajo el esquema de prestación de servicios profesionales y la autogestiva o cooperativa, para generar proyectos propios que se puedan comercializar. En estas tres formas, advierten, el contexto generalizado es “esporádico, eventual, estacional, inseguro y precario”. ¿Les suena conocido? Aunado a ello, no cuentan con seguridad social ni seguro contra accidentes y si los tienen, suelen estar limitados al tiempo de duración del trabajo.

Entre múltiples referencias a pactos, convenciones y declaraciones sobre derechos culturales, citan a la investigadora independiente, Karla María Álvarez, en su libro “Danza, trabajo, creación y precariedad”. Ella plantea tres aspectos que caracterizan la precariedad laboral: 1) inseguridad por contratos que cumplen parcialmente o evaden sistemas de seguridad social y de derechos laborales; 2) flexibilidad, se refiere a la inestabilidad e incertidumbre provocada por empleos de tiempo parcial, contratos a corto plazo o autoempleo y 3) vulnerabilidad económica, bajos salarios como consecuencia de las estrategias de minimización de costos y de la flexibilización de los empleos.

Este tema da para muchos replanteamientos en el sector artístico; con sus excepciones, una gran mayoría se ha dedicado a resolver el día a día, asumiendo muchos riesgos y costos en el curso de los años. ¿Cuándo se verán cambios? ¿Cómo hacer efectivas las modificaciones a esta ley en caso de aprobarse? ¿Cuál es la experiencia de los artistas con trayectoria? ¿Ha cambiado su estabilidad laboral con los años? ¿Las nuevas generaciones están dispuestas a lidiar con los vacíos jurídicos que les garantice sus derechos laborales? Espero que podamos encontrar algunas respuestas en la próxima edición web del suplemento cultural “Paréntesis”, aquí en El Sol de Hermosillo.

Si quieren conocer el dictamen, pueden hacerlo aquí.