Para garantizar una muerte digna a personas con enfermedades en fase terminal o pronóstico de inferior a medio año, el Congreso del Estado aprobó la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Sonora.
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Martín Matrecitos Flores, quien presentó el dictamen emitido por las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Salud, señaló que un notario público habrá de dar fe de la decisión del solicitante.
“En este documento se resalta el hecho de que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia se practicará la eutanasia en el paciente”, aclaró.
El documento podrá suscribirlo cualquier persona mayor de edad en pleno uso de sus capacidades mentales, y podrá aceptar o negarse a someterse a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida.
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora y, a partir de ese momento, el Gobierno del Estado tendrá 90 días naturales para hacer las adecuaciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Estado.
Dichas adecuaciones implican la creación de la Unidad Especializada en materia de Voluntad Anticipada, donde habrán de trabajar los agentes.