/ jueves 16 de marzo de 2023

CEDH emite recomendaciones por muerte de hombre arrestado en Empalme

La CEDH en Sonora envió una serie de recomendaciones al alcalde Luis Fuentes Aguilar para que inicie el proceso de reparación de daños y esclarecimiento de los hechos

Por primera ve en su historia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en Sonora envió una recomendación por una ejecución extrajudicial en la entidad, derivada de actos de la Policía Municipal de Empalme, los cuales llevaron a la muerte de una persona en su celda.

La muerte del prisionero se consideró una ejecución extrajudicial, pues el fallecimiento ocurrió por la negligencia de las autoridades públicas.

Lee también: FGJE rechaza recomendaciones de Derechos Humanos, pedirán intervenir al Congreso

Por este motivo, la CEDH realizó una serie de recomendaciones al presidente municipal de Empalme, Luis Fuentes Aguilar, las cuales terminó por aceptar para iniciar con el proceso de reparación del daño y esclarecimiento de los hechos.

De acuerdo con el organismo garante de los derechos humanos, la resolución acredita violaciones graves al derecho humano a la vida de un hombre durante el 7 de febrero del 2022, luego de que la víctima fuera detenida y llevada a las instalaciones de la Comisaría de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal de Empalme.

Durante el arresto, la víctima se encontraba en su celda, mostrando un estado físico y cognoscitivo inconveniente, sin embargo, más tarde fue encontrado muerto por “aparente asfixia mecánica”.

En ese sentido, la CEDH determinó que existe evidencia de que las autoridades no retiraron las agujetas de los zapatos de la víctima, con las cuales se le encontró sin vida posteriormente; ademas, el juez calificador y el médico legista avalaron que se encontraba apto para ingresar a la celda.

Lo anterior, a pesar de que la víctima se encontraba intoxicada, de manera que por el deterioro de sus funciones cognoscitivas y físicas precisaba de atención médica urgente.

Además, cuando se ingresó a la celda, el policía encargado de vigilarlo decidió conscientemente dejar a la víctima sola, por lo que se incumplió con el deber constitucional de proteger la vida y la integridad de las personas que se encuentran bajo responsabilidad del estado.

Asimismo, por falta de mantenimiento, no funcionaban las cámaras para monitorear a la persona privada de su libertad.

“No se tratan de omisiones meramente negligentes, sino de decisiones voluntarias y conscientemente tomadas por agentes oficiales, cuyos probables riesgos a la vida de la víctima les era imperativo prever en el contexto de los deberes constitucionales de protección y prevención que tenían como garantes”, resaltó la CEDH en un comunicado.

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Mientras tanto, el caso es investigado por la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), pues la ley establece que “al arrestar, detener y encarcelar a las personas, asumen la responsabilidad de velar por la vida y la integridad física de éstas, y no pueden invocar la falta de recursos financieros u otros problemas logísticos para disminuir esa responsabilidad”.

En ese sentido, la CEDH emitió una serie de recomendaciones al Ayuntamiento de Empalme, como es iniciar un proceso administrativo por las omisiones y esclarecer los hechos con autoridades ministeriales; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad; crear un protocolo y manual para el ingreso de personas a celdas municipales; así como inscribir a los familiares del difunto en el Registro Estatal de Víctimas para acceder al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

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Por primera ve en su historia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en Sonora envió una recomendación por una ejecución extrajudicial en la entidad, derivada de actos de la Policía Municipal de Empalme, los cuales llevaron a la muerte de una persona en su celda.

La muerte del prisionero se consideró una ejecución extrajudicial, pues el fallecimiento ocurrió por la negligencia de las autoridades públicas.

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Por este motivo, la CEDH realizó una serie de recomendaciones al presidente municipal de Empalme, Luis Fuentes Aguilar, las cuales terminó por aceptar para iniciar con el proceso de reparación del daño y esclarecimiento de los hechos.

De acuerdo con el organismo garante de los derechos humanos, la resolución acredita violaciones graves al derecho humano a la vida de un hombre durante el 7 de febrero del 2022, luego de que la víctima fuera detenida y llevada a las instalaciones de la Comisaría de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal de Empalme.

Durante el arresto, la víctima se encontraba en su celda, mostrando un estado físico y cognoscitivo inconveniente, sin embargo, más tarde fue encontrado muerto por “aparente asfixia mecánica”.

En ese sentido, la CEDH determinó que existe evidencia de que las autoridades no retiraron las agujetas de los zapatos de la víctima, con las cuales se le encontró sin vida posteriormente; ademas, el juez calificador y el médico legista avalaron que se encontraba apto para ingresar a la celda.

Lo anterior, a pesar de que la víctima se encontraba intoxicada, de manera que por el deterioro de sus funciones cognoscitivas y físicas precisaba de atención médica urgente.

Además, cuando se ingresó a la celda, el policía encargado de vigilarlo decidió conscientemente dejar a la víctima sola, por lo que se incumplió con el deber constitucional de proteger la vida y la integridad de las personas que se encuentran bajo responsabilidad del estado.

Asimismo, por falta de mantenimiento, no funcionaban las cámaras para monitorear a la persona privada de su libertad.

“No se tratan de omisiones meramente negligentes, sino de decisiones voluntarias y conscientemente tomadas por agentes oficiales, cuyos probables riesgos a la vida de la víctima les era imperativo prever en el contexto de los deberes constitucionales de protección y prevención que tenían como garantes”, resaltó la CEDH en un comunicado.

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Mientras tanto, el caso es investigado por la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), pues la ley establece que “al arrestar, detener y encarcelar a las personas, asumen la responsabilidad de velar por la vida y la integridad física de éstas, y no pueden invocar la falta de recursos financieros u otros problemas logísticos para disminuir esa responsabilidad”.

En ese sentido, la CEDH emitió una serie de recomendaciones al Ayuntamiento de Empalme, como es iniciar un proceso administrativo por las omisiones y esclarecer los hechos con autoridades ministeriales; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad; crear un protocolo y manual para el ingreso de personas a celdas municipales; así como inscribir a los familiares del difunto en el Registro Estatal de Víctimas para acceder al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

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