/ miércoles 27 de abril de 2022

Conversatorios mineros | Cancelar concesiones y expropiar. Litio

Listo, el litio ya está restringido por la Ley Minera, que nacionalizado siempre ha estado, ¿que es lo que va a pasar?, ya sabemos que sólo el Estado, que la soberanía, que el mineral estratégico, pero ahora viene una ruta larguísima, intrincada, burocrática, jurídicamente disputable, de incertidumbre a la inversión y aparentemente costosa.

Vamos a suponer que el discurso del Presidente es cierto, que no hay subtextos, ni acuerdos comerciales, ni corrupción de por medio, López Obrador genuinamente quiere que el litio se quede en manos del Estado, porque cree que es un mineral que le traerá grandes beneficios al país, no obstante que no haya dado a conocer datos de cuánto costaría conformar una dependencia minera, operativa que explore, ubique y extraiga litio, dato que tal vez desconozca, igual que desconoce las posibilidades de éxito o el plazo en el que se aspiraría a tener éxito, simplemente vamos a creerle, soy muy popular y bien intencionado, vamos a partir de aquí.

Bueno pues defendimos el litio porque sabemos que hay litio, y sabemos que hay litio porque otras empresas, extranjeras principalmente, hicieron trabajos de exploración, luego hicieron un denuncio ante la Secretaría de Economía y tramitaron una concesión, la forma más fácil de empezar como Estado a tomar el control del litio es cancelando esas concesiones y establecer al nuevo titular de las mismas.

La Ley Minera establece que son causales para cancelar una concesión, y voy a parafrasear a como me dé la gana, no es textual, que se te descubra extrayendo minerales que no están en la concesión, cuando el titular de la concesión no esté capacitado, es decir que sea extranjero, que mantenga adeudos con Gobierno, que se encuentre culpable de un delito y otros más, se puede cancelar cuando se descubre que hay errores y omisiones y que la concesión abarca parte de otra concesión vigente previamente, también cuando termina su vigencia y finalmente por una resolución judicial. Algo de esto tendría que pasar en breve, yo no podría descartar un acto de autoridad como un decreto presidencial.

Ahora bien, muchas de estas empresas adquirieron predios, los predios que se encuentran en la superficie de las concesiones y en las inmediaciones de las mismas, estos terrenos son el único acceso del litio de las concesiones, sí efectivamente se les cancelan las concesiones, estas tierras tendrían que ser expropiadas. Otro caso es el de los contratos de ocupación temporal con ejidos o particulares, que en caso de una cancelación de la concesión tendrían que rescindirse en agravio de los ejidos y las empresas tendrían que pagar o de plano, quedar mal.

Sobre el tema de la expropiación hay una Ley de Expropiación que nos indica el camino y los casos en los que se podría quitar a las empresas sus terrenos. La Ley de Expropiación dice en su artículo primero, fracción VII que se pueden expropiar: En defensa, conservación, desarrollo o aprovechamiento de elementos naturales susceptibles de explotarse. El artículo 2 nos dicta el camino y los tiempos: El Presidente debe instruir a la dependencia a cargo publicar en el DOF una Declaración de Utilidad Pública que indicará los bienes a expropiar y sus titulares, estos afectados tendrían 15 días para “manifestar lo que a su derecho convenga” ante la dependencia a cargo, en este caso la Secretaría de Economía, después habría 8 días posteriores para llamar a una audiencia de desahogo de pruebas, en las que los afectados intentarían defenderse de la expropiación y posterior a esta audiencia, la dependencia tendría 10 días para resolver y en caso de una negativa, dejaría abierta la vía del amparo para el particular afectado. Finalmente el Presidente tendría 30 días para emitir una declaratoria de expropiación a cambio de una compensación, que según el artículo 2 Bis, “Consistirá en una compensación a valor del mercado”.

Según la ley el Gobierno de México tendrá que pagar una suma desconocida a 10 propietarios de las 27 concesiones vigentes en el país, sabemos que uno de ellos ha manifestado una inversión de más de 200 millones de dólares ya realizada. ¿Cuánto les van a pagar?, ¿cuál es el valor comercial de sus terrenos?, ¿cuánto nos va a costar como país este capricho?


Listo, el litio ya está restringido por la Ley Minera, que nacionalizado siempre ha estado, ¿que es lo que va a pasar?, ya sabemos que sólo el Estado, que la soberanía, que el mineral estratégico, pero ahora viene una ruta larguísima, intrincada, burocrática, jurídicamente disputable, de incertidumbre a la inversión y aparentemente costosa.

Vamos a suponer que el discurso del Presidente es cierto, que no hay subtextos, ni acuerdos comerciales, ni corrupción de por medio, López Obrador genuinamente quiere que el litio se quede en manos del Estado, porque cree que es un mineral que le traerá grandes beneficios al país, no obstante que no haya dado a conocer datos de cuánto costaría conformar una dependencia minera, operativa que explore, ubique y extraiga litio, dato que tal vez desconozca, igual que desconoce las posibilidades de éxito o el plazo en el que se aspiraría a tener éxito, simplemente vamos a creerle, soy muy popular y bien intencionado, vamos a partir de aquí.

Bueno pues defendimos el litio porque sabemos que hay litio, y sabemos que hay litio porque otras empresas, extranjeras principalmente, hicieron trabajos de exploración, luego hicieron un denuncio ante la Secretaría de Economía y tramitaron una concesión, la forma más fácil de empezar como Estado a tomar el control del litio es cancelando esas concesiones y establecer al nuevo titular de las mismas.

La Ley Minera establece que son causales para cancelar una concesión, y voy a parafrasear a como me dé la gana, no es textual, que se te descubra extrayendo minerales que no están en la concesión, cuando el titular de la concesión no esté capacitado, es decir que sea extranjero, que mantenga adeudos con Gobierno, que se encuentre culpable de un delito y otros más, se puede cancelar cuando se descubre que hay errores y omisiones y que la concesión abarca parte de otra concesión vigente previamente, también cuando termina su vigencia y finalmente por una resolución judicial. Algo de esto tendría que pasar en breve, yo no podría descartar un acto de autoridad como un decreto presidencial.

Ahora bien, muchas de estas empresas adquirieron predios, los predios que se encuentran en la superficie de las concesiones y en las inmediaciones de las mismas, estos terrenos son el único acceso del litio de las concesiones, sí efectivamente se les cancelan las concesiones, estas tierras tendrían que ser expropiadas. Otro caso es el de los contratos de ocupación temporal con ejidos o particulares, que en caso de una cancelación de la concesión tendrían que rescindirse en agravio de los ejidos y las empresas tendrían que pagar o de plano, quedar mal.

Sobre el tema de la expropiación hay una Ley de Expropiación que nos indica el camino y los casos en los que se podría quitar a las empresas sus terrenos. La Ley de Expropiación dice en su artículo primero, fracción VII que se pueden expropiar: En defensa, conservación, desarrollo o aprovechamiento de elementos naturales susceptibles de explotarse. El artículo 2 nos dicta el camino y los tiempos: El Presidente debe instruir a la dependencia a cargo publicar en el DOF una Declaración de Utilidad Pública que indicará los bienes a expropiar y sus titulares, estos afectados tendrían 15 días para “manifestar lo que a su derecho convenga” ante la dependencia a cargo, en este caso la Secretaría de Economía, después habría 8 días posteriores para llamar a una audiencia de desahogo de pruebas, en las que los afectados intentarían defenderse de la expropiación y posterior a esta audiencia, la dependencia tendría 10 días para resolver y en caso de una negativa, dejaría abierta la vía del amparo para el particular afectado. Finalmente el Presidente tendría 30 días para emitir una declaratoria de expropiación a cambio de una compensación, que según el artículo 2 Bis, “Consistirá en una compensación a valor del mercado”.

Según la ley el Gobierno de México tendrá que pagar una suma desconocida a 10 propietarios de las 27 concesiones vigentes en el país, sabemos que uno de ellos ha manifestado una inversión de más de 200 millones de dólares ya realizada. ¿Cuánto les van a pagar?, ¿cuál es el valor comercial de sus terrenos?, ¿cuánto nos va a costar como país este capricho?